Concejales le piden a Ojeda que separe a Nicolás Murguiondo, imputado por la muerte de Nicolás Gutierre





Los concejales Luis Esquivel, presidente del cuerpo (FPV) y Alejandro Railefe, Elizabeth Mereles y José María Clemant (JSRN), presentaron un proyecto de comunicación que solicita al Poder Ejecutivo Municipal que “actúe pertinentemente para separar del cargo de Director de Inspección General, al Sr. Nicolás Carmelo Murguiondo”.
El reclamo se afirma en lo que enuncian los Artículos 84º y 123º de la Carta Orgánica Municipal (COM) y demás normativas vigentes “respecto a las responsabilidades de los funcionarios públicos”.

En su articulado, agrega que “Teniendo en cuenta la gravedad del tema, solicito al señor Intendente Luis Ojeda, actúe diligentemente dentro de los cinco días hábiles a partir de la sanción de la norma”.
Respecto a los incumplimientos de la COM, explicaron en los Considerandos de la iniciativa que se fundamental en el pedido la situación judicial de Murguiondo informada por el Poder Judicial provincial, referido a su imputación en la causa que investiga la muerte por una descarga eléctrica de Nicolás Gutierre, de 17 años, cuando jugaba al fútbol en el club Racing.
Agregan que “cumpliendo el sindicado en la actualidad, el rol de Director de Inspección General del Municipio de San Antonio Oeste, es necesario que este cuerpo Deliberante accione en forma inmediata sobre la conducta de un funcionario público”.
Los ediles aclaran que “el Intendente Municipal tiene la atribución y en este caso el deber, de remover de su cargo a sus colaboradores, tal como lo determina el Artículo 84º de la COM”, y recuerdan que el Capítulo IV “refiere sobre la Transparencia Administrativa de su propia gestión”.

Asimismo mencionan que “en el Artículo 21 define los objetivos de la administración municipal y de la satisfacción ecuánime de los intereses comunes de los vecinos”, y que el 22 “alude a las Responsabilidades de los Funcionarios y agentes públicos, responsables en los ámbitos civil, administrativo, penal y político por irregularidades o incumplimiento de la función pública”.
También incluyeron en los argumentos del pedido el Artículo 27, de Procedimiento Administrativo, que sostiene que “el Municipio debe garantizar a través del correspondiente trámite administrativo, la ética, finalidad, razonabilidad, legitimidad, impugnabilidad y responsabilidad de todo obrar público”.
Finalmente instan al jefe comunal a que inicie el procedimiento para remover o suspender a Murguiondo “iniciando acciones inmediatas según las normativas vigentes que rigen en este municipio.
Puntualizan que “corresponde la separación del cargo del funcionario hasta tanto se aclare su situación procesal ante la justicia, como procedimiento administrativo válido para responder a la manda municipal”. 

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