Modifican ordenanza de ECOTASA con la obligatoriedad del cobro al turista

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Lo votó el Concejo Deliberante en la última sesión, el Artículo 313 de la Ordenanza 5888/19 denominada ECOTASA, establece como medio de cobro obligatorio por parte de los establecimientos a los turistas se alojen, debe ser incorporada a la facturación, claramente diferenciada.


La legislatura comunal por mayoría, sancionó la modificación que establece:

ARTÍCULO 313°: El pago de la ECOTASA podrá ser efectuado bajo la modalidad PAGO DIRECTO A CARGO DEL TURISTA bien por medio de la PERCEPCIÓN DE LA ECOTASA mediante sistema de facturación del establecimiento turístico.
El titular y/o responsable del establecimiento turístico estará obligado a exigir el pago de la tasa al turista al momento de ingresar al establecimiento verificando que se hayan consignado correctamente los datos determinativos de la tasa y también de su establecimiento.
Una vez efectuado el pago, el sistema enviara un correo electrónico al pasajero, al establecimiento y a la Municipalidad.
Al efecto, cada establecimiento podrá solicitar los instructivos y enlaces necesarios a la Agencia Turismo y Cultura. Estos enlaces podrán ser enviados a los pasajeros de manera anticipada a su llegada a la ciudad.
Solo se autorizará de forma extraordinaria, el cobro de la ECOTASA, por medio de vouchers emitidos y solicitados ante la Agencia Turismo y Cultura, en caso de verificarse problemas de conectividad al sistema EPAGOS.
En estos casos el turista o pasajero, realizara el pago de la Ecotasa por medio de la modalidad de Percepción, y la misma deberá ser incluida en la factura que al efecto deberá emitir el establecimiento turistico, cualquiera sea su clase o categoría, conforme Ordenanza Impositiva, en la cual se informara:

  • a) Cantidad de personas y cantidad de pernoctes, desglosados por: mayores, menores de 14 años, residentes, jubilados en grupos sociales, personas con discapacidad, pasajeros en grupos de turismo estudiantil, deportistas menores de 18 años que concurran a un evento deportivo oficial
  • b) Tasa aplicada de acuerdo a Ordenanza
    Impositiva vigente
  • c) Importe total a abonar en concepto de Ecotasa

La registración solicitada es a los efectos de que este tributo municipal, no forme parte de la base imponible de otros impuestos nacionales provinciales. En caso de disconformidad respecto del pago de la tasa, el turista podrá, luego de efectuar el pago de la tasa, completar un formulario electrónico creado para tal fin por la Agencia Turismo y Cultura.

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