Modificarán la ordenanza del Ente de Turismo





 Por iniciativa del bloque de Concejales de Juntos Somos Río Negro, la Ordenanza 5244/2016 de creación del Ente Mixto de Promoción Turística de Las Grutas, San Antonio Oeste y Puerto San Antonio Oeste se le incorporará un artículo, según indican los ediles de la oposición “teniendo en cuenta la controversia originada a raíz de que no queda claro dentro de los requisitos para ser integrante del Consejo Asesor, si el representante privado debe pertenecer a una institución que presta la actividad turística en cualquiera de las tres planta urbanas” agregan que “no es justo ni equitativo que aquellas instituciones relacionadas directa o indirectamente con el turismo, y que prestan servicio en las tres planta urbanas sean integrantes del mencionado Consejo, impidiéndole al empresario que solo realiza su actividad en una planta urbana, pertenecer a la Comisión Mixta” aseveran en los considerandos.

“Por lo expuesto y a fin de dar igualdad de posibilidades a los empresarios de las tres planta urbanas que integran el Gobierno Municipal es necesario modificar el Artículo 42° incorporando como inciso f) informe fehaciente del domicilio de las instituciones con representación en el ENTE” afirman.

Se incorpora al Artículo 42° de la Ordenanza 5244 de creación del Ente, “EMPROTUR Las Grutas, San Antonio Oeste y San Antonio Este”, el inciso f), que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 42º: Requisitos y obligaciones para integrar el Directorio y el Consejo Asesor –  Requisitos: . . . f) Las instituciones privadas con representación ante el ENTE deberán tener domicilio legal en Las Grutas, en San Antonio Oeste ó Puerto San Antonio Este, con una residencia no menor a tres (3) años  en el lugar.”

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