SAO: aprobaron la ordenanza que regula las donaciones que recibe la municipalidad





La donación de ALPAT, que inicialmente se señaló como un gran apoyo para la festividad en la Fiesta del Golfo, rápidamente se convirtió en el centro de un debate sobre la transparencia y la ética en la gestión de los fondos municipales.


En respuesta a la reciente polémica generada por la donación de 10 millones de pesos realizada por la empresa ALPAT para la Fiesta del Golfo en Las Grutas, los ediles de Nos Une RN y del Partido Río Negro Primero han presentado un proyecto en el Concejo Deliberante destinada a regular las donaciones, subvenciones y obsequios recibidos por el municipio.
En respuesta a la controversia, los concejales han votado por mayoría, esta ordenanza que busca establecer un marco normativo claro y riguroso para la recepción y gestión de donaciones.
Según especificó la concejal Karina Avaca «la presentación de esta ordenanza marca un paso importante hacia la transparencia y la integridad en la gestión municipal, respondiendo a las preocupaciones ciudadanas y estableciendo un marco claro para futuras donaciones».
La ordenanza establece varios puntos claves para garantizar la transparencia y evitar conflictos de interés en la recepción de donaciones:
  1. Transparencia y divulgación: Todas las donaciones, subvenciones, liberalidades y bienes recibidos por el municipio deberán ser públicamente divulgados. Esto incluye el monto, el propósito y los detalles del donante.
  2. Registro público: Se creará un registro público accesible para el poder legislativo municipal, donde se detallarán todas las donaciones recibidas por el municipio.
  3. Prohibición de donaciones anónimas: No se aceptarán donaciones de entidades cuyos beneficiarios no puedan ser identificados.
  4. Revisión y supervisión: Se establecerá un proceso de revisión a cargo del Poder Legislativo Municipal para supervisar que las donaciones cumplan con las regulaciones establecidas.
  5. Informes regulares: El Poder Ejecutivo deberá emitir informes periódicos detallando el uso de los fondos recibidos, los proyectos o programas financiados y los impactos generados.
  6. Prohibición de beneficios privados: Las donaciones no podrán ser utilizadas para beneficio personal de funcionarios o empleados municipales. Deberán ser destinadas a su propósito específico o a programas de interés público.
  7. Control de gastos: Se creará una cuenta específica para gestionar las donaciones, y se requerirá la presentación de facturas y comprobantes de pago por cada gasto financiado con ellas.
  8. Gestión del superávit: Las donaciones con o sin destino específico que generen superávit al cierre de su uso serán enviadas al Concejo Deliberante para ser destinadas a becas o programas de interés público.
  9. Reporte final: Al finalizar el periodo de recepción y uso de las donaciones, se remitirá un informe detallado al Poder Legislativo Municipal y al órgano contralor.
La ordenanza toma como base la Ley Nacional 25.188, que establece normas y pautas éticas para el comportamiento de los funcionarios públicos, y la Ley Provincial 3550, que prohíbe a los funcionarios recibir regalos o donaciones en el desempeño de sus funciones. Además, se menciona la Carta Orgánica Municipal, que requiere que las subvenciones y donaciones sean aceptadas por ordenanza.
Karina Avaca además mencionó que esta propuesta busca no solo regular las donaciones, sino también fortalecer la confianza pública y asegurar que los fondos recibidos sean utilizados de manera adecuada y en beneficio del interés público.

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