Defensa del Consumidor de Río Negro, en su carácter de Autoridad de Aplicación Local de la Ley 24.240, dictó medida cautelar, confirmada por la Justicia ordinaria, a una empresa de Planes de Ahorro de Automotores que pretendía cobrar saldos acumulados sin la debida información correspondiente.
La persona que adquirió el vehículo a través de un plan de ahorro, una vez entregada la unidad y por más de un año no le enviaron las boletas de pago, al intentar contactarse con la empresa a través de diferentes canales no tuvo respuesta. Tampoco pudo acceder a su usuario web para autogestionar la liquidación mensual, motivo por el cual presentó una denuncia ante defensa del consumidor.
En este sentido, la medida tomada por el área que defiende los derechos de las y los consumidores consistió en primer lugar la suspensión de las acciones legales derivadas del contrato de plan de ahorro, se le solicitó a la empresa que cumpla con el deber de información referido al contrato y obligaciones pendientes, y en simultáneo se dictó la medida precautoria para impedir que la misma publique como incumplidor del contrato al denunciante en el sistema de información crediticia.
La medida cautelar precautoria dictada fue respaldada por la Justicia local al rechazar el recurso de apelación planteado por la firma denunciada.