Una mujer se subió en Retiro a un colectivo de “Estrella Cóndor” y viajó hasta San Antonio Oeste. Cuando bajó al andén, el chofer le dijo que su equipaje no estaba. En la desesperación, se metió a las bodegas del colectivo a buscarlo, pero no lo encontró. El destino final del ómnibus era otro, por lo que el vehículo continuó su viaje, dejando a la pasajera sin sus pertenencias.
Inició el reclamo administrativo ante el departamento de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de San Antonio Oeste. El organismo inició actuaciones, pero no arribaron a acuerdos. Concluida la etapa, comenzó la vía judicial en el Juzgado de Paz con una demanda de menor cuantía.
Un representante de la empresa, hizo un ofrecimiento a los fines conciliatorios. Luego se le informó que debía realizar la propuesta en forma escrita, con los recaudos de ley y que se admitiría su presentación vía correo electrónico; pero la propuesta jamás fue remitida y no se presentó a la audiencia propuesta por el Juzgado.
En su fallo la jueza de Paz explicó: “no deja de sorprender a la suscripta la conducta desplegada por la demandada empresa de transporte Plusmar S.A. La falta de concurrencia a dicha audiencia, a la cual se encontraba notificado, al simple llamado telefónico de quien dice ser apoderado y/o representante de la misma, en comunicar una propuesta sin en el mínimo recaudo formal de presentación. No hace más que evidenciar el desinterés en las posibles consecuencias del proceso o su total desconocimiento del proceso de Menor Cuantía”.
Agregó la magistrada “considero acreditada que existió una relación de consumo entre las partes. Y por ende endilgar la responsabilidad por el incumplimiento denunciado por la actora, a la demandada en el extravío de su equipaje”.
Por último, la jueza decidió condenar a la empresa Transportes Automotores Plusmar S.A. a pagarle a la pasajera la suma de 100 mil pesos más intereses.