El Senasa derogó la resolución anterior y estableció un nuevo esquema sanitario, permitiendo el ingreso de cortes como el asado con hueso. La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, fue resistida por algunos gobernadores patagónicos.
El Gobierno nacional, a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), flexibilizó las restricciones de la barrera sanitaria y habilitó el ingreso de carne con hueso a la Patagonia. La medida, publicada este viernes en el Boletín Oficial, deroga la normativa anterior y establece un nuevo marco para el ingreso de productos cárnicos y material reproductivo desde zonas libres de fiebre aftosa con vacunación hacia aquellas sin vacunación.
Esta decisión había generado rechazo por parte de los gobernadores de Neuquén y Río Negro, lo que llevó a una prórroga de 90 días antes de su implementación. Sin embargo, el Senasa redefinió los requisitos sanitarios, garantizando, según Presidencia, la protección de la sanidad animal sin afectar acuerdos internacionales.
Requisitos para el ingreso de carne con y sin hueso
La Resolución 460/2025 establece las condiciones para el ingreso de productos cárnicos a la Patagonia:
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Deben provenir de animales sacrificados en establecimientos habilitados por el Senasa y haber pasado controles ante y post-mortem.
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En el caso de rumiantes, se excluyen cabeza, faringe, lengua y nódulos linfáticos asociados.
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Las carnes frescas deben haber sido maduras a más de 2°C durante 24 horas, con un pH menor a 6.
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Los cortes congelados o enfriados deben tener doble empaque (primario y secundario) debidamente rotulado.
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Solo se permite el ingreso de huesos planos (costilla, asado o esternón), quedando prohibidas medias reses y cuartos.
Condiciones para el material reproductivo
La normativa también regula el ingreso de embriones y semen de animales susceptibles a la fiebre aftosa:
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Los embriones bovinos y bubalinos deben ser producidos in vitro bajo estándares de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
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El semen de rumiantes y cerdos debe provenir de establecimientos autorizados, y los donantes no deben haber presentado síntomas de aftosa en los 30 días posteriores a la colecta.
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Los machos deben haber permanecido al menos tres meses en zonas libres de aftosa con vacunación y cumplir con protocolos específicos.
Esta medida busca facilitar el comercio interno manteniendo los controles sanitarios necesarios, en línea con las políticas de apertura del Gobierno de Javier Milei. Sin embargo, su implementación seguirá siendo monitoreada ante posibles resistencias regionales.
