A raíz del malestar generado ante la noticia del traslado al hospital local del autor del incendio y sus graves consecuencias en el Zatti de Viedma y por tratarse de un peligroso individuo con antecedente homicida, creo conveniente tener algunos preceptos claros. Tales conceptos giran sobre dos ejes fundamentales que se complementan entre sí.
El primero de ellos es el judicial. En ese sentido se debe resaltar que tal traslado es una orden judicial; es decir debe tener cumplimiento efectivo porque deriva de una autoridad de justicia que DETERMINA tal hecho. En otras palabras, no consulta. Ordena. Las razones (necesidad de contar con especialista psiquiatra, seguridad policial permanente, etc.) la evalúa la justicia y determina en tal sentido. La institución hospitalaria, en cabeza de su director y con todos sus integrantes, están obligados a cumplir la ley y recepcionarlo. De otro modo estaríamos al margen de la ley, con las consecuencias que ello implica.
El otro tópico es el ético-profesional sanitario. Quienes trabajamos en salud debemos respetar el compromiso ético de atender a quienes acudan y requieran de nuestro saber y quehacer. No podemos, para hablar en sentido práctico, ELEGIR a quién atender y a quién no. Los pacientes de salud mental no constituyen un espectro aparte o distinto por el que merezcan ser discriminados del universo de pacientes que requieran profesionales de la salud. Sus “anomalías” o “dolencias”, por decirlo en forma vulgar, están tipificadas en la especialidad que las estudia y las trata, la psiquiatría. Algunas de esas “anomalías” o “dolencias” pueden, entre otras, manifestarse de forma violenta, como tal es el caso que nos ocupa. Pero ello no es motivo para que, obviando el compromiso ético, un profesional y todo un equipo de trabajadores hospitalarios, incluido su director, nieguen la recepción y/o tratamiento de un paciente de estas características. Debemos y juramos hacer caso omiso de toda connotación o prejuicio a la hora de brindar atención a un paciente, sea quien fuera. Pueden creernos que en más de una oportunidad respiramos profundamente y hacemos todo un esfuerzo de concentración ante casos que francamente nos rebelan un costado desagradable, triste o violento de la condición humana. Y lo hacemos. Porque estudiamos para ello, nos preparamos para ello y si honramos la vocación y el compromiso que adquirimos, no somos dueños de la potestad de decidir a quién atender y a quién no. Aun cuando sepamos o intuyamos que el destinatario no lo merezca. Creo que debemos tomar los recaudos necesarios y obrar con el profesionalismo de todos los involucrados para llevar a cabo este compromiso de la mejor manera, considerando éste como un caso especial dentro de un amplio espectro de situaciones en las que se ponen a prueba nuestras capacidades. Como trabajadores, como hospitalarios, como comunidad y como sociedad que no está exenta de sufrir entre sus miembros, los padecimientos de personajes como el que nos ocupa.
SERGIO RICARDO DIAZ – DNI 14351680
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