Bolt sobre conductores con alcoholemia positiva “se incrementarán las multas y quienes reincidan deberán asistir a cursos y exámenes psicofísicos”

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El Juez de faltas Jorge Bolt de la Municipalidad de San Antonio Oeste se refirió a las situaciones respecto a nuevas disposiciones que se llevarán a cabo “Como lo indica el artículo 48, inc. A de la Ley de Tránsito, se viene aplicando multas e inhabilitaciones, a pesar de ello el índice de infracciones no ha disminuido. Es difícil que se baje porque muchos no les importa pagar o bien que se les realice la infracción. Sería interesante aplicar incentivos por ejemplo en localidades de Buenos Aires, aquel que le hacen el control y le da cero en alcoholemia lo premian con una baja en el pago de patentes, ese es un ejemplo, pero según vamos observando la multa más inhabilitación no soluciona nada, sino que debe haber más advertencias al respecto”.

“Como ya se sabe, se redujo el coeficiente de alcohol en sangre con 0,20 si supera eso es pasible de infracción, aclaramos que el municipio se incorporó a lo establecido por ley en Nación y Provincia, seguramente vamos a incorporar variantes punitivas, con penas de inhabilitación por el termino de 30 días o más con la obligación de concurrir a un curso de capacitación vial, lo tendrán que hacer tantas veces se le implemente la sanción, el infractor deberá asistir a los cursos para el correcto uso de la vía pública y una vez que complete el mismo se le va a restituir el carnet”  agregó “la idea es que al menos aquellos que están fuera de la ley se comprometan a asistir tantas veces el municipio establezca la sanción” sostuvo Bolt.
“Las personas que reiteran la infracción en estado de ebriedad en los controles, deberán asistir a un examen psicofísico previo a la restitución también de sus beneficios para conducir, esto se aplicará si reitera por segunda vez por eso será pasible de todos estos pasos que corresponden hacerlo para ir disminuyendo las incidencias” aseveró.

“Recordar que el acta labrada es por un período por 30 días donde debe apelar según establece el artículo 72 de la ley, posterior a ese ciclo se sustancia el proceso” añadió “por ejemplo ya se labraron actas con caños de escapes modificados, se retuvieron esas motos y se promovieron las resoluciones correspondientes con las multas establecidas según las ordenanzas y vamos aplicar la normativa sin contemplaciones, que se saquen de circulación esto deberá resolverse con los controles que se hacen periódicamente” afirmó la autoridad municipal.

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