Mencionó en su decreto que “en orden a la situación mundial existente vinculada al COVID-19 (comúnmente denominado NUEVO CORONAVIRUS), el país, la Provincia de Río Negro, y el Municipio de San Antonio Oeste, se encuentran en máxima alerta sanitaria.
El dinamismo de la pandemia provoca que día a día deban tomarse nuevas medidas, o complementar las anteriores, es preciso continuar con medidas tendientes a procurar el aislamiento sanitario, evitando la aglomeración de personas, para “aplanar la curva “de posibles casos, para evitar el colapso del sistema sanitario”.
Agrega “tomando como referencia casos análogos acaecidos en ciudades costeras de todo el mundo, entre ellas Barranquilla, Colombia, es preciso disponer el cierre y prohibición de acceso de todas las playas y balnearios que componen nuestro ejido, tal directiva tiene como objetivo impedir el aglutinamiento de personas, ante la imposibilidad material debido a la vastedad y extensión de nuestras playas y balnearios, de controlar la lejanía de 2 o más metros entre personas a ello se suma al receso excepcional sanitario dispuesto en el Decreto N ° 266, lo que limita la funcionalidad municipal”
Señala además “todo aquel que transgreda las disposiciones de la presente será pasible de la multa prevista en el Art. 3 del Decreto N ° 437/2020, de $150.000 pesos, lejos de adoptar el Poder Ejecutivo decisiones arbitrarias y atentatorias al orden republicano, claramente existe en el caso una necesidad y urgencia suficientes como para dictar el presente”.
Artículo 1: Disponer a partir de la firma del presente y hasta el 31 de marzo inclusive, el cierre total de todas las playas y balnearios que integran nuestro ejido, sin excepción, prohibiendo el ingreso, presencia, práctica de deportes, caminatas y toda otra actividad en las mismas, con efecto preventivo, a fin de limitar la circulación de personas y por ende la propagación del COVID-19.
Artículo 2: Imponer la multa de 150 mil pesos a toda persona que no acatare o manifestare resistencia a las disposiciones presentes, siendo autoridad de aplicación el Juzgado de Faltas N ° 2 de San Antonio Oeste, previa constatación de la falta por inspectores municipales, y/o funcionarios de cualquier área en vista de la emergencia, dando al producido de las multas, el destino específico para paliar los efectos del estado de emergencia provocado por el CORONAVIRUS en nuestro ejido.