La Justicia Civil de San Antonio Oeste dictó resoluciones clave en dos expedientes vinculados a demandas por daños y perjuicios y a la posterior ejecución de honorarios profesionales, que involucran a la Asociación Civil Club Atlético Racing, a la Municipalidad de San Antonio Oeste y a particulares.
En el marco del expediente “Gutiérre Matías Alberto y otros c/ Asociación Civil Club Atlético Racing y otros s/ daños y perjuicios (ordinario)” (Expte. Nº SA-00125-C-0000), la justicia homologó judicialmente un acuerdo transaccional presentado el 24 de octubre de 2025 por las partes involucradas. El entendimiento fue suscripto por Matías Alberto Gutiérre, Anabela Patricia Campos y el intendente Adrián Jorge Casadei, en representación de la Municipalidad.
Según consta en la resolución, el acuerdo puso fin al litigio y fue aprobado al no encontrarse comprometido el orden público, conforme a lo establecido por el Código Procesal Civil y Comercial y el Código Civil y Comercial. Además, el juzgado decretó el carácter solidario de la condena de capital, lo que implica responsabilidad conjunta de las partes condenadas en el cumplimiento de las obligaciones asumidas.
Según consta en el documento presentado ante la jueza, la Municipalidad se compromete a abonar hasta un máximo de 120 millones de pesos ($120.000.000) en concepto de capital por la condena impuesta, liberándose así de toda responsabilidad futura en el juicio o en eventuales acciones extrajudiciales derivadas del hecho.
Los montos que superen esa suma deberán ser reclamados por la parte actora exclusivamente contra los restantes condenados —el Club Atlético Racing y Sandoval—, quienes continuarán siendo responsables solidarios por los importes restantes.
Asimismo, el acuerdo prevé que los honorarios de los abogados de la parte actora se calcularán en base al mismo límite de $120 millones, aunque el Municipio abonará además un 7% adicional sobre el monto total que se apruebe judicialmente. Los pagos podrán realizarse en efectivo o mediante la adjudicación de tierras municipales hasta cubrir la suma acordada.
Una vez cumplido el pago, la Municipalidad quedará completamente desobligada de toda acción judicial o extrajudicial vinculada a la causa. Solo en caso de incumplimiento, los actores o sus representantes legales podrán reclamar el saldo pendiente más los intereses correspondientes.
El convenio incluye también el desistimiento por parte del Municipio del recurso de apelación interpuesto contra una sentencia interlocutoria dictada el 8 de abril de 2025, la cual quedará firme una vez homologado el acuerdo por el Juzgado.
Las decisiones ya fueron ordenadas a notificarse y registrarse, marcando un nuevo capítulo judicial con impacto económico significativo tanto para la institución deportiva como para el municipio local.


