Causa Ilcen Aimé: el fiscal general requirió sostengan la condena contra Smith

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El Fiscal General, Fabricio Brogna, requirió al Superior Tribunal de Justicia que sea confirmada la condena de prisión efectiva que pesa sobre Fernando Smith que en noviembre de 2015 atropelló con su auto a la niña de cinco años Ilcen Aimé Pil Tolosa, provocándole la muerte.

La Fiscalía General llegó a la instancia de casación a partir de una apelación realizada por la defensa del hombre, ejercida por los abogados Manuel Maza y Luciano Perdriel, en la convicción de la arbitrariedad de la sentencia ante una errónea valoración de la prueba. Solicitaron en ese sentido la absolución del hombre.

Maza explicó que la conducta imprevista de la niña, que además cruzó por un sector no habilitado, le impidió al conductor evitar la muerte. “Hay testigos que hablan de la forma sorpresiva en que cruzó, las pericias dan cuenta que el hombre iba a baja velocidad, respetando la velocidad reglamentaria”.

El abogado expresó que la pericia accidentológica, un testigo presencial y el Cuerpo Médico Forense fueron mencionadas para sustentar la posición mantenida por la defensa.

“Venimos a sostener la irrazonabilidad de la pena, porque no hay pruebas en debate que den por acreditada la responsabilidad del hombre y que justifiquen la misma”.

Brogna contestó cada uno de los aspectos desarrollados por el abogado, expresando en primer término, no haber “visto arbitrariedad en el juzgamiento”.

“El hombre causó la muerte en un acontecimiento desgraciado por supuesto, pero pudo evitar ese resultado conduciendo más prudentemente y teniendo en condiciones su vehículo”, expresó.

“Si bien es real que la velocidad era la reglamentaria, dentro de ese parámetro hay velocidades imprudentes y las especiales circunstancias que se presentan en el lugar del hecho son indicadores de tal condición”.

No obstante, luego de explicar las pruebas que a su entender justifican su posición, Brogna enfatizó acerca de la actitud posterior del hombre quien en su primera declaración admitió haber visto a la niña y no haber podido evitar el hecho.

“El imputado huyó del lugar y eso complicó, entre otras cosas, determinar la velocidad exacta en la que conducía”. Consideró en este sentido que esta situación es especialmente disvaliosa y debe ser tomada en consideración al momento de mensurar la pena “porque la resocialización necesaria para un hombre que huyó ante esta situación, es mayor a la de uno que habiendo protagonizado el mismo hecho, se hubiere quedado en el lugar”.

Finalmente el abogado de la familia de la niña, Nestor Torres, coincidió con el alegato del Fiscal General y se mostró de acuerdo con la pena impuesta por la jueza: «Hay que pensar no sólo en el sufrimiento del imputado y en qcuánto sotén económico sea de su familia, sino principalmente en la familia que perdió una hija».

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