Confirman condena en suspenso de un abusador sexual de SAO

superior tribunal




El pasado 1 de marzo, el STJ en una acordada realizada en Viedma, en los autos caratulados «C. P.A. S/ABUSO SEXUAL» resolvió confirmar la condena de tres años de
prisión en suspenso, por considerarlo autor del delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido por el ministro de un culto, en este caso se trata de un pastor evangélico.

El hecho ocurrió el 1 de enero de 2015, aproximadamente a las 0:30, en ocasión del festejo de año nuevo de la Iglesia en San Antonio Oeste, el imputado efectuó tocamientos con fines sexuales a una menor de diez años de edad.

Si bien el condenado apeló la medida, los vocales del máximo tribunal señalaron que los dichos de la menor fueron sostenidos en las testimoniales con la concordancia del mismo a pesar que el pastor evangelista procesado haya mencionado que era absurda la valoración de las pruebas presentadas.

Mencionan en el fallo que al declarar en debate, la Psicóloga Forense informó haber detectado en la menor la existencia de síntomas postrauma relacionados con el hecho, con indicadores de evitación, aumento de la activación y un estado emocional ansioso-depresivo, sin indicadores de engaño.

La entrevistadora dio cuenta también de su estado de angustia al relatar los hechos mediante
el sistema de cámara Gesell y la ausencia de contradicciones en su versión.

SAO condenado en suspenso por tocamientos a una menor

Ocurrió en el barrio de la ex chancería donde un hombre mayo produjo tocamientos a una menor de 10 años en sus órganos genitales, en la parte trasera del vehículo cuando los padres de la menor lo trasladaban hacia su domicilio.

Sucedió el día 15 de Agosto de 2017, a las 23,30 horas donde luego los progenitores radicaron la denuncia penal.

El hombre fue declarado culpable y penalmente responsable del delito de Abuso sexual, en carácter de autor y condenarlo a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso, accesorias legales y costas.

A pesar que la defensa impugnó el hecho como comúnmente realizan los abogados defensores, los jueces declararon admisible desde el plano estrictamente formal la impugnación deducida n consecuencia confirmar la sentencia condenatoria en su contra

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