Por una ordenanza creada por el concejal Fabrio Mirano (FPV) y Elizabeth Mereles (JSRN) mencionan que muchos vecinos de nuestra planta urbana pueden poseer en sus casas elementos ortopédicos que no utilizan y mediante una acción solidaria puedan donarlos a un Banco Municipal con el objeto de cubrir necesidades de personas que lo necesitan.
Los elementos ortopédicos en general tienen valores muy altos y muchas personas que no cuentan con una obra social pueden ser beneficiadas solidariamente por otros vecinos en la obtención de los mismos a través de una donación.
“Desde el estado Municipal debemos crear herramientas solidarias que tiendan a cubrir este tipo de problemáticas y darle una respuesta rápida en la medida que haya disponibilidad, a vecinos cobertura social y que en nuestra ciudad existen diversas organizaciones e instituciones con sobrada experiencia y trayectoria, que desinteresadamente trabajan en la temática social, de salud y de discapacidad, que permanentemente gestionan la asistencia con elementos de ortopedia a quienes no pueden obtenerlos de otro modo, pudiendo crearse un programa municipal que contenga esta necesidad, a través de convenios y que además funcione como núcleo coordinador local en San Antonio Oeste, bajo la supervisión y participación directa del Consejo Local de las Personas con Discapacidad”.
Es por eso que se creará el “Banco Municipal de Elementos Ortopédicos”, que tendrá a su cargo la provisión de elementos ortopédicos, en carácter de comodato y/o préstamo de uso gratuito.-
El “Banco Municipal de Elementos Ortopédicos” se conformará con:
- Sillas de ruedas para adultos: chica, mediana y grande; de tres modelos: para piso accesible, de cubiertas anchas y deportiva.
- Sillas de ruedas para niños de tres tipos: Estándar, con corset y cabezal, y con cinturones solos.
- Muletas.
- Andadores ajustables a la persona en peso y altura, de adultos y pediátricos.
- Bastones canadienses.
- Trípodes.
- Bastones para personas con discapacidad visual.
- Obtenidos mediante donación, aportes económicos, reciclado y/o acondicionamiento.
- Los destinatarios del servicio que deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer domicilio real en el Municipio de San Antonio Oeste.
- No tener cobertura de Obra Social.
- Poseer certificado de discapacidad expedido por autoridad competente local, provincial o nacional.
- Poseer prescripción médica expedida por Salud Pública para quienes padecen una necesidad transitoria, donde conste diagnóstico y tiempo estimado del uso del elemento ortopédico.
El Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante del Municipio de San Antonio Oeste, a través de las áreas de prensa realizarán una amplia difusión en medios televisivos, radiales y gráficos de lo establecido en la presente Ordenanza.
El Poder Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Unidad de Desarrollo Socia-Económico y en conjunto con el Consejo Local de Personas con Discapacidad, podrá establecer acuerdos y/o convenios con instituciones y organizaciones que tengan como objetivo satisfacer las necesidades y brindar acondicionamiento de los elementos donados.-
La Unidad de Desarrollo Socio-Económico del Municipio de San Antonio Oeste, será la Autoridad de Aplicación para la custodia y resguardo de dichos elementos, en conjunto con el Consejo Local de Personas con Discapacidad, el cual deberá llevar registro, seguimiento y reintegro de tales elementos ortopédicos.
Infórmese al Área de Servicio Social del Hospital Aníbal Serra y Hospital Violeta Villa Lobos de los elementos que consten en el registro.