Dos personas que fueron detenidas, ambas esperaban un camión, donde toxicomanía decomisó varios kilos de estupefacientes. Quedaron libres.
La investigación que se inició en la localidad del valle inferior, hasta la localidad portuaria, personal del área de narcotráfico en el marco de una pesquisa direccionada por Fiscalía Federal y supervisada por el Juzgado Federal, en el que se identificó a 4 personas que desarrollaban conductas delictivas asociadas al comercio de drogas en las localidades de la zona costera.
Esta red era liderada por una mujer de nacionalidad brasileña, la cual era acompañada por su pareja de nacionalidad argentina quienes fueron liberadas por la presentación realizada por sus asesores letrados.
Según se desprende de la audiencia, los abogados de la mujer y su pareja, indicaron que no está probada su participación y que en las escuchas telefónicas no hacen referencia directa a ellos.
En el expediente se puede observar que la policía rionegrina volcó toda la información contenida en la investigación, pero los jueces expresan que lo establecido por la defensa es valedero “Estas deducciones policiales de las que se nutrió el procesamiento volcaron, como verdad en la sentencia, datos conjeturales, soslayándose que la trama que elaboran estos partes informativos se apoyan en el tejido de relaciones que indiciariamente construye la prevención pero que de ninguna manera pueden ser transvasados derechamente, sin filtro, a la decisión jurisdiccional”
Expresa además en la sentencia “la lectura de esas piezas revela que no fue transcripto el diálogo y que la sentencia reprodujo, sin evaluación alguna, lo que el funcionario policial estampó en el informe en términos análogos”
Añade además “sin discriminar elementos probatorios concretos ni valorarlos críticamente en modo alguno —incurriendo en una práctica ya desaconsejada por esta alzada en anteriores intervenciones—, lo que no se subsana remitiendo a transcripciones de conversaciones telefónicas protagonizadas por el conductor del camión y terceras personas no identificadas o que figuran con nombre de pila que no coinciden con estos acriminados” sostiene el fallo.
Ante esto los jueces de la Cámara de General Roca, Gallego, Barreiro y Lozano resuelven admitir el recurso deducido por la defensa y revocar el procesamiento de la mujer y el hombre docmiciliados en San Antonio oeste, sin costas.