miércoles, marzo 19, 2025
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El Concejo Deliberante aprueba la concesión de la Unidad Turística «Los Tamariscos»

El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste sancionó una ordenanza que aprueba la adjudicación de la concesión pública para la explotación comercial, administración y mantenimiento de la Unidad Turística Fiscal «Los Tamariscos».


La misma está ubicada en la costanera de la planta urbana de San Antonio Oeste, sobre la calle Carlo Carassale. La concesión fue otorgada a la única oferente en el proceso licitatorio.
El proceso se inició con la Ordenanza 7364, que autorizó al Poder Ejecutivo Municipal a llamar a Licitación Pública para la concesión de «Los Tamariscos». Posteriormente, mediante el Decreto 1353/24, se formalizó la licitación pública número 010/24, la cual surgió a partir de la Resolución 035/24 del Concejo Deliberante, que declaró de interés público la iniciativa privada para la explotación del espacio turístico.
Tras la apertura de los sobres presentados en el proceso licitatorio, se constató que la futura permisionaria cumplió con toda la documentación requerida en los pliegos de bases y condiciones, por lo que deberá presentar un plan de trabajo dentro de los 60 días posteriores a la promulgación de la ordenanza.
La Comisión Evaluadora, mediante la Resolución 033/25, consideró que la propuesta era la más apropiada para los intereses municipales. En consecuencia, el Concejo Deliberante sancionó la ordenanza que adjudica la concesión por un plazo de diez temporadas, con vencimiento el 30 de junio de 2035.
El canon a abonar por la concesionaria será de seis millones de pesos, compuesto por un valor de concesión  y el componente B. Sin embargo, se eximió del pago del canon y del componente B correspondiente a la temporada 2024/2025.
Además, se estableció que, una vez finalizada la quinta temporada de explotación, las partes podrán revaluar las condiciones contractuales, sujetas a la aprobación expresa de la Municipalidad. La normativa aplicable para plazos y extensiones se regirá por el Capítulo VI, Artículo 158 de la Carta Orgánica Municipal.

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