En la mañana de ayer, el Concejo Deliberante, modificó la ordenanza por el cual el ejido municipal sanantoniense es «libre de humo» y no se puede fumar en ningún lugar cerrado público o gubernamental.
Con esta modificación se adhieren la Ley Nacional Antitabaco sancionada el 1 de julio del 2011, ley 26687 y la Provincial ley número 3986 del 2005 (Prohibición de fumar en todos los espacios cerrados.)
La solicitud de la modificación fue presentada por el Hospital de Las Grutas y la cual adhirió el Hospital de San Antonio Oeste.
La modificación, votada por unanimidad, se realizó al artículo 2° de la ordenanza 3196/09, que prohíbe fumar en espacios públicos y privados, por lo que los propietarios de boliches, restaurantes, pub’s, confiterías deberán contar con un cartel en lugar visible que diga “Prohibido Fumar» y que no habrá más espacios para fumadores, como algunos establecimientos poseían en sus instalaciones.