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Entre las cero horas y las seis de la mañana el ómnibus debe parar donde solicita el pasajero

Los colectivos que cumplen el servicio urbano e interurbano deberán parar donde lo solicite el pasajero, entre las 00 y las 6 de la mañana.

Así lo establece una ordenanza que sancionó el Concejo Deliberante, que encomienda al Poder Ejecutivo a para que solicite a la empresa que presta el servicio –Transporte Las Grutas- para que “flexibilice” los lugares de detención en ese horario.

La propuesta fue impulsada por José María Clemant (JSRN) y aprobada por unanimidad en la última sesión del Concejo Deliberante. Está en vigencia, dado que el intendente Luis Ojeda la promulgó el pasado 4 de octubre, con el número 5395.

La norma determina además que en los vehículos deberán exhibir un cartel con la siguiente inscripción: “El usuario tiene derecho a solicitar el descenso del micro en los lugares no establecidos como paradas, en los horarios nocturnos, desde la hora 00:00 y hasta la hora 06:00”. También el número de la Ordenanza.

Clemant destacó entre los argumentos de su iniciativa que la mayoría de las paradas no tienen refugios adecuados, por lo que la flexibilización de los lugares de detención permitirá a los usuarios “soportar las inclemencias del clima” y sentirse “más resguardado” en horas de la madrugada.

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