“Es preciso continuar con medidas tendientes a procurar el aislamiento sanitario”





El intendente de San Antonio Oeste, Adrián Casadei, dictó hoy el decreto N°469 en adhesión al decreto provincial N°298 que establece “la restricción horaria en establecimientos comerciales sitos en nuestro ejido, con efecto preventivo, a fin de limitar la circulación de personas y por ende la propagación del COVID-19”, aclarando que se aplicarán severas multas a quienes violen estas limitaciones o se resistan a ellas.

En ese sentido, todos los comercios podrán permanecer abiertos desde las 9 y hasta las 19 horas, y “con el fin de evitar la concentración de clientes (hasta 3 personas), disponer de materiales de prevención para los mismos (alcohol en gel) y respetar el distanciamiento social obligatorio de al menos 1,5 metros entre cada persona”.

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En la norma legal de adhesión se dispone que las farmacias cumplirán el horario habitual, incluyendo el sistema de turnos, para garantizar lo dispuesto en el Art 6º, inciso 11, del Decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional”.

Recuerda que “a nivel nacional los supermercadistas y el gremio de Comercio acordaron que todos los formatos trabajen en una franja de 7 a 20 horas”, buscando así “garantizar un buen flujo de atención al público y evitar que los trabajadores deban circular en horarios muy inconvenientes”; en Rio Negro será de 09 a 19hs.

De la reducción horaria que comenzará a regir desde hoy, lunes 23 de marzo de 2020, quedarán exceptuados los elaboradores de alimentos que estaban trabajando con la modalidad de reparto a domicilio ó delivery.

Para realizar esta tarea desde las 12 y hasta las 23 horas, deberán registrarse desde hoy mediante una Declaración Jurada que podrán realizar hasta las 20hs en la Comisaría 10° de San Antonio Oeste, la Comisaría 29° de Las Grutas, y la Subcomisaria 63° de San Antonio Este, de la Policía de Río Negro.

Entre otras consideraciones, el decreto municipal indica que “el dinamismo de la pandemia provoca que día a día deban tomarse nuevas medidas, o complementar las anteriores”.

En el articulado, Casadei dejó claramente establecido que aquellos que no acaten o se resistan a esta medida, se les impondrá “la multa prevista en el Art. 3º del Decreto N° 437/2020, siendo autoridad de aplicación el Juzgado de Faltas N° 2 de San Antonio Oeste, previa constatación de la falta parte de inspectores municipales, y/o funcionarios de cualquier área en vista de la emergencia, dando al producido de las multas, el destino específico para paliar los efectos del estado de emergencia provocado por el Coronavirus en nuestro ejido”.

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