Nueva funcionaria Municipal: Laura Viz será Secretaria de Medio Ambiente y Producción

La semana próxima el Intendente Municipal, Luis Ojeda, pondrá en funciones a la nueva Secretaria de Producción y Medio Ambiente de la Municipalidad de San Antonio Oeste, la Técnica Superior en Manejo Ambiental, Laura Viz. La nueva funcionaria asumirá el día martes 3 de enero a las 10. Hs. y la ceremonia tendrá lugar en el Salón Municipal de Actos. Laura Viz se encuentra fuertemente vinculada a la actividad ambiental, su desafío en el área será articular actividades con el Gobierno Provincial y Nacional, generar conciencia en la población en materia ambiental, trabajar en conjunto con los vecinos y las empresas, entre muchas otras que hacen a la calidad ambiental en nuestra región.

Allanamiento en Las Grutas: secuestran aves silvestres en cautiverio

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Poco más de veinte aves silvestres que se encontraban en cautiverio, por orden de la fiscalía de SAO, fueron secuestradas en calle Currú Leuvú al 300, luego de una denuncia realizada por guardafaunas provinciales. El procedimiento fue realizado por personal de la Comisaría 29 de la villa balnearia por violación a la Ley Nacional de Protección y Conservación de la fauna silvestre (Ley 22.421) y a Ley Provincial de Fauna Provincial (Ley N° 2056) señaló el subcomisario Gustavo Moraga. Asimismo indicaron desde la dependencia policial que secuestraron trampas para atrapar aves.

Rechazan el pedido de nulidad solicitado por el Municipio de SAO para evitar la municipalización de Las Grutas

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La procuradora Silvia Baquero Lazcano efectivizó su dictamen favorable a los intereses de los ciudadanos grutenses que quieren escindirse de la municipalidad de San Antonio Oeste. La jefa del ministerio fiscal rionegrino señala punto por punto los rechazos ante las pruebas presentadas por Luis Ojeda, como intendente actual de la Municipalidad ante esto representante legitimado por el STJ para ser peticionante de la nulidad de la ley. La municipalidad objetó la mayoría con que se votó en el parlamento, ante esto señaló Baquero Lazcano “En primer lugar, en cuanto a la impugnación efectuada por el Intendente referida a la transgresión de la mayoría parlamentaria que prevé el Art. 139 inc. 16 C.P., observo que el planteo resulta ajeno al actor en virtud del diseño constitucional y el principio de división de poderes… Es por ello que encabezando el Sr. Ojeda la Jefatura de otro Poder del Estado, en el caso Municipal (Conf. Sección Sexta de la Constitución Provincial, arts. 225 y ss.), soy de opinión que no cabe al mismo inmiscuirse en la esfera de decisión propia correspondiente al Poder Legislativo Provincial, motivo que impide la viabilidad del planteo”. Sobre el planteo que hace la Municipalidad sobre la violación a la autonomía municipal por tener Carta Orgánica y la cuestión de los límites respectivos, menciona la Procuradora “es dable recordar que la Constitución Provincial reconoce al Municipio su existencia como célula originaria y fundamental de la organización política y establece que la normativa municipal prevalece en caso de contradicción o superposición de normas en materia específicamente comunal. El texto constitucional le ha otorgado autonomía y le ha conferido todos los poderes necesarios para su cometido (conforme el art. 225 de la Constitución Provincial)… Los poderes de los municipios se encuentran sometidos al poder constituyente provincial, se trata de una autonomía relativa o de segundo grado” Asimismo indica Baquero Lazcano “Desde mi óptica, la Legislatura Provincial en el marco de  sus facultades y ejerciendo el mandato constitucional, ha dictado la norma a los fines de iniciar el eventual mecanismo de segregación, para lo cual la misma exige la conformidad de los electores a segregarse -exteriorizada a través de un referéndum… yerra el actor al pretender introducir como materia específicamente comunal un tema de fijación de límites, ejidos y, concretamente, de segregación del municipio, pues de la simple lectura de la norma constitucional surge categóricamente que dicha temática es materia privativa de la Legislatura de la Provincia de Río Negro”. En el escrito, la procuradora finaliza con argumentos tácitos: “En función de todo ello, se evidencia que los fundamentos expuestos por el Sr. Intendente no han sido desarrollados de forma tal que permitan evidenciar ni probar de qué modo la normativa atacada desconoce o vulnera  los postulados constitucionales denunciados.  No ha demostrado de forma clara y concreta de qué manera los preceptos cuestionados habrían violado la autonomía municipal esgrimida… la potestad para legislar sobre fijación de límites territoriales, segregación, y/o anexión pertenece a la Legislatura de la Provincia”. “En  tal orden, entiendo que de las actuaciones no surge la contradicción de la Ley N° 5084 con la Constitucional Provincial. Por el contrario, soy de la opinión que la norma ha seguido el marco indicado en el Art. 227 C.P. por ser una atribución propia del órgano legislativo, surgiendo indubitable que la pretensión municipal en análisis violenta las claras previsiones constitucionales.  Por otro lado, sobre el argumento que esgrime el Intendente referido a la  inaplicabilidad de la Ley N° 2353 al Municipio de San Antonio Oeste -por la circunstancia que el mismo cuenta con C.O.M.-, considero que en el caso en estudio el mismo no puede prosperar, básicamente porque de modo alguno la norma local puede desplazar, ni mucho menos contradecir, las disposiciones constitucionales. “Tengamos presente que la Ley N° 2353 resulta aplicable a los municipios sin C.O.M. y, supletoriamente, para aquellos que cuenten con ella sobre cuestiones no previstas en la misma. Si bien el municipio de S.A.O. cuenta con la mentada Carta resulta insoslayable señalar que -conforme lo vengo sosteniendo a lo largo de la exposición- al no encontrarse el supuesto dentro de la órbita de actuación municipal, insisto, por ser una facultad constitucional legislativa, la pretendida discusión que intenta el Intendente carece de basamento normativo  alguno”. Recordemos finalmente que el dictamen no es vinculante, aunque aporta legalidad ante un futuro fallo que debe ser dentro de los próximos noventa días hábiles judiciales una vez que se finalice la feria.

Otro funcionario que se va: renunció Luis Curaqueo

El subdirector de logística y movilidad renunció a su cargo de forma indeclinable ante el intendente Luis Ojeda en la mañana de hoy. Asimismo el mandatario comunal acepto su renuncia. Curaqueo, en diálogo con Informativohoy dijo que “me voy a dedicar a la actividad privada, creo que ya cumplí con lo que me encomendaron y más no puedo hacer. Tenemos un presupuesto acotado y creo que deben redirigir todo según como está la situación” agregó que “el intendente entendió mi postura, además le mencioné que voy a seguir trabajando como militante del partido, pero seguiré en mi peluquería” sostuvo el ex concejal peronista. Sobre el nuevo pedido de informe de la Amarok señaló “ayer le contesté al concejal Clemant su solicitud, es lo último que realice en la función, como es mi deber solo indiqué la verdad de lo que conocía”.

Nueva demanda legal contra el municipio por Tierras entre SAO y Las Grutas

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Se tratan de varias hectáreas, unas cincuenta, la demanda realizan los herederos de Víctor Hugo Geoffroy. Las mismas se encuentran entre la cantera de Saavedra hasta casi el camping El Oasis. El representante legal de la familia había solicitado por nota, el plano de mensura al municipio e ingresó una solicitud de reconocimiento que fue rechazada por mayoría, en la comisión de tierras de la legislatura comunal. El abogado Pablo Fernández se presentó en la justicia para que se reconozcan los derechos de los propietarios “el permiso que tenían, desde el año 1962, era de 1250 hectáreas, en ese entonces la provincia cedió esas tierras para ocupación y pastoreo” señaló además “como solicitamos el plano de mensura y el pedido de reconocimiento ante el Concejo Deliberante, al ser rechazado nos presentamos en la justicia, nadie en esta localidad desconoce que la familia siempre estuvo allí y solo requieren esa franja que les corresponde legalmente” sostuvo Fernández.

Procuradora pidió inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 4683/14 dictada por el Concejo Deliberante de San Antonio Oeste

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La doctora Silva baquero Lazcano dictaminó que se debe decretar la inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 4683/14 dictada por el Concejo Deliberante de San Antonio Oeste sobre el nuevo que aprobó con fecha 23 de Diciembre de 2014 un nuevo «Código de Ordenamiento Territorial para la Municipalidad de San Antonio Oeste». Según la procuradora la norma sancionada por los ex concejales interfiere de modo ostensible con el ejercicio de competencias propias de la Provincia de Río Negro en materia de regulación para la conservación y protección del ambiente dentro de Áreas Naturales protegidas de la Provincia. Menciona además que la Ordenanza cuestionada colisiona con el Plan de Manejo del Área Natural Protegida Bahía de San Antonio Oeste (Decreto N° 398/2014), afectando no solo el ambiente sino también el patrimonio cultural, “claramente no puede el Municipio de SAO avanzar sobre dichos preceptos legales, dictando una Ordenanza en sentido exactamente contrario, sin que ello no constituya una flagrante violación al orden constitucional” señala baquero Lazcano esbozando los testos de la Ley Provincial de Áreas Naturales Protegidas, (Ley M N° 2669) y en ese sentido la Ley M N° 2670 creó luego el Área Natural Protegida “Bahía de San Antonio” (ANPBSA) estableciendo las normas que rigen su manejo (Plan de Manejo del ANPBSA – Dcto. 398/14). “En virtud de los términos de la demanda interpuesta por la Fiscalía de Estado de la Provincia, cuyos argumentos no han logrado ser rebatidos con la escueta contestación realizada por el representante de la Municipalidad de SAO, sumado a la irrefutable prueba producida en marras, soy de opinión que el Municipio de SAO no sólo ha invadido competencia provincial con el dictado de la Ordenanza N° 4683/14, sino que lo ha hecho en desmedro de los presupuestos ambientales y de la normativa vigente en la materia, por lo que corresponde hacer lugar a la acción deducida a fs. 08/19” indica la procuradora que además expresa “el Municipio de SAO no sólo ha invadido competencia provincial con el dictado de la Ordenanza N° 4683/14, sino que lo ha hecho en desmedro de los presupuestos ambientales y de la normativa vigente en la materia, por lo que corresponde hacer lugar a la acción deducida a fs. 08/19. Expuesto lo anterior, debe rechazarse el agravio de la demandada vinculado a la solicitud de declaración de inconstitucionalidad del código entero cuando sólo está en disputa la regulación atinente a las zonificaciones costeras”. “Ello, por cuanto la Ordenanza N° 4683 consta de cinco (5) artículos: el primero de ellos aprueba el Código de Ordenamiento Territorial para la Municipalidad de San Antonio Oeste, el segundo aprueba el Código de Edificación para dicha Municipalidad, el tercero deroga las Ordenanzas 2205 y 2402, el cuarto dispone la entrada en vigencia a partir de la promulgación y el quinto es de forma” asevera además “En este orden, no cabe más que declarar la inconstitucionalidad de la Ordenanza cuestionada en su totalidad, máxime cuando mediante su articulado se aprueban dos Códigos que se hallan en pugna con la Carta Magna Provincial”.

Municipio pedirá la actualización de las tasas retributivas

Lo confirmó el secretario de hacienda Marcos Violi. Será de un 30% a partir del próximo año “desde el 2014 que no se tocan los valores y los insumos para el funcionamiento de la planta municipal se incrementó en esos valores, quizás más” señaló el funcionario al programa de SAOTV “Va a dar que hablar…” “Creo que se debe hacer una recomposición, es necesario porque además debemos afrontar varios gastos” agregó que “si el salario y aguinaldos más los aportes de los empleados es del 75% del presupuesto, si bien la coparticipación no alcanza, debemos obtener recursos, uno de ello es el aporte que realizan a través de las tasas” indicó Violi.

Quisieron evitar la interpelación a Noale, pero fue rechazada por la oposición

En la comisión de gobierno, la oposición al gobierno municipal rechazó el planteo del oficialismo para evitar que se interpele al secretario de servicios públicos Luis Noale. Según el FPV señaló que la ordenanza 2141 es del año 2003 y en ella se encuadraba el registro de los transportes atmosféricos, por el cual es el planteo para la interpelación y que la ordenanza no reglamentada y no quedó operativa, por ello carece de validez ya que se separaron las órbitas de obras por un lado y servicios público por otro en el año 2008. La oposición planteó que el único que puede dar explicaciones al respecto es el funcionario de servicios públicos “no le vamos a preguntar a cultura o a deportes sobre los atmosféricos, es obvio que debemos pedir explicaciones a Noale” señalaron los ediles. El oficialismo redobló la apuesta mencionando que “el cuestionario resultan afirmaciones carentes de sustento, ambiguas y opuestas a los propios considerandos de la norma que le da fundamento. A esto, los concejales opositores, señalaron que es correspondiente cada pregunta que se realizará, sobre todo la responsabilidad que tiene el estado para controlar los servicios públicos.  

El Prefecto Víctor Hugo Beano recibió a los pescadores artesanales

En el mediodía de ayer, el grupo de pescadores artesanales que protestan por la invasión de su zona de pesca por barcos de flota intermedia e industriales, se reunieron con el jefe de la dependencia de Prefectura Naval local Víctor Hugo Beano. El oficial les comentó que “la única oportunidad que Prefectura debe intervenir es en un lugar donde no hay una autoridad de aplicación, aquí si existe una que es la subsecretaría de pesca provincial y ellos son los que regulan la pesca” agregó que “nosotros estamos con la emergencia que suceda o vigilancia, otra cosa no podemos hacer” aseguró Beano que hablará con las autoridades provinciales sobre esto que plantearon los pescadores artesanales “es un tema que me preocupa como autoridad naval de la zona” señaló el Prefecto. Mientras tanto los pescadores seguirán con sus reclamos constantes sobre esta situación que se planteó en las últimas horas.

SAO: Cementos del Sur S.A. realiza trabajos de mejoramiento en la Planta de elaboración de Hormigón para su próxima inauguración

Cementos del Sur S.A. lleva a cabo en la localidad de San Antonio Oeste trabajos de mejoramiento y reacondicionamiento en la Planta de Elaboración de Hormigón ubicada sobre la Ruta Provincial N° 2. Los trabajos finalizarán durante el mes de enero para su puesta en funcionamiento en el mes de febrero. El objetivo será cubrir y satisfacer las necesidades de los clientes de San Antonio Oeste, Las Grutas, Aguada Cecilio, Valcheta y demás localidades aledañas. Por otro lado, también se están realizando trabajos de mejoramiento en la Planta de elaboración de Hormigón de Villalonga, que hoy se encuentra brindando servicio, pero que autoridades de la empresa procuran mejorar aún más cubriendo las demandas de los clientes de las localidades de Stroeder, Juan A. Pradere y Pedro Luro. Por consultas sobre prestación de servicios los interesados se pueden comunicar al 02920 – 423010/ 428586 de lunes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 20.