Hora recreativa: el municipio de San Antonio Oeste con días diferenciados al resto de la provincia

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Por decreto, la gobernadora Arabela Carreras autorizó las caminatas recreativas y esparcimiento en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento, todas respetando estrictas normas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID-19.

En este caso, en el resto de la porvincia, las caminatas recreativas y de esparcimiento podrán realizarse los días martes, jueves, sábados, domingos y feriados, en el horario de 13 a 19 horas. Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

El intendente Adrián casadei por su parte, realizó un decreto diferenciado al de provincia, como le es permitido por norma, autorizó las caminatas recreativas, los paseos en bicicleta, y el running en todo el ejido de San Antonio Oeste, los días miércoles y domingos de cada semana, en el mismo lugar de residencia, con las siguientes particularidades: MAYORES DE 14 HASTA 64 AÑOS: Se autorizan los paseos en bicicleta y caminatas, hasta dos personas, los días miércoles y domingo de 14 a 17 hs. MAYORES DE 65 AÑOS: Se autorizan los paseos en bicicleta y caminatas, hasta un máximo de dos personas, los días miércoles y domingo de 10 a 12 hs. MENORES DE 13 AÑOS: Se autorizan los paseos en bicicleta y caminatas, acompañados de un adulto, los días miércoles y domingo de 10 a 12 hs.

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El municipio ya había autorizado el viernes la pesca dos horas antes de cada marea alta y hasta dos horas después de la marea alta. Sólo entre las 08 y las 18hs. EN el lugar de residencia. No se autoriza la alternativa de pesca embarcada. No se podrá pescar en la costa de los sitios costeros delimitados como «reservas» del ANP Bahia de San Antonio, tanto de aves como de fauna marina.

También amplió el horario comercial, con el fin de evitar la aglomeración de gente esperándo ser atendida haciendo colas afuera de estos comercios, la nueva normativa extiende los horarios de 09 a 19hs los días martes, jueves y sábados. Cabe destacar que el resto de los días, excepto el domingo, pueden seguir trabajando con la modalidad on line y la entrega mediante delivery o puerta a puerta.

Las caminatas recreativas deberán realizarse en un radio de 500 metros del domicilio, y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.

En tanto, en todo momento deberá guardarse un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

No se encuentran habilitadas para estas actividades las plazas, parques o similares.
En este marco, los Municipios deberán establecer horarios diferenciados para niños acompañados de adultos, y deportistas, como así también establecer circuitos y demás pautas que permitan garantizar de forma correcta el distanciamiento social.

Los Municipios y Comisiones de Fomento serán los encargados de establecer los términos y condiciones para realizar todas estas actividades. No obstante, el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.

Cabe resaltar que las personas beneficiadas con estas actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

La norma invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia alcanzados por este decreto, a adherir en forma total o parcial a la medida, siendo los encargados de supervisar el debido cumplimiento de las actividades exceptuadas y a establecer los protocolos sanitarios específicos.

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