miércoles, julio 9, 2025
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Justicia ordena indemnizar a propietarios por ocupación ilegal en Las Grutas

Una disputa por una vivienda terminó en una sentencia que obliga a dos mujeres a abonar los años de ocupación sin pagar.


Una historia que mezcla confianza de palabra, un contrato perdido y años de ocupación irregular llegó a su desenlace judicial. El Juzgado Civil de Viedma resolvió esta semana que las ocupantes deberán pagar los alquileres adeudados por una casa ubicada en la calle Somuncurá de Las Grutas, que habitaron tras el fallecimiento de un hombre que había sido inquilino del inmueble por más de una década.

El fallo fue contundente: la Justicia reconoció la existencia de un contrato de locación verbal, respaldado por años de pagos bancarios documentados, y ordenó abonar los alquileres correspondientes desde abril de 2020 hasta la entrega efectiva de la propiedad.

Una relación que comenzó con confianza

Todo comenzó en 2006, cuando el propietario del inmueble permitió que el señor —fallecido antes de la pandemia— lo alquilara. Inicialmente, los contratos eran por escrito, aunque sin firmas certificadas. Luego, debido a problemas de salud, el dueño manejó la relación a distancia y, a partir de 2016, el acuerdo se volvió verbal.

Durante años, los pagos fueron constantes y se realizaban mediante transferencias bancarias. Pero en abril de 2019, tras la muerte del inquilino, su familia continuó viviendo en la casa sin abonar más alquileres ni firmar un nuevo contrato.

La demanda, el conflicto y la defensa

Ante esta situación, el dueño legítimo intimó formalmente la devolución de la propiedad en 2020 y luego inició una acción judicial. El caso continuó incluso después de su fallecimiento, siendo llevado adelante por sus herederos.

Las demandadas se defendieron argumentando que no eran inquilinas, sino poseedoras de buena fe, y que lo que pagaban eran cuotas pactadas. Sin embargo, la Justicia rechazó su postura. El tribunal consideró los comprobantes de pago, el intercambio de cartas documento, los testimonios y, especialmente, una sentencia previa en un juicio de desalojo, donde ya se había establecido que la familia ocupaba el inmueble como locatarios y no como propietarios.

Una deuda que sigue creciendo

El juez determinó que, aunque el último pago fue de $5.000 en abril de 2019 y no se pactó formalmente un nuevo monto, los herederos tienen derecho a cobrar los alquileres actualizados por inflación, conforme al Índice de Contratos de Locación (ICL) del Banco Central.

El monto exacto se definirá en la etapa de ejecución de la sentencia, pero se anticipa que la deuda acumulada será significativa, dado el tiempo transcurrido y los intereses correspondientes. Además, las costas judiciales quedarán a cargo de las demandadas.

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