El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un joven de 26 años de edad, a quien acusó de lesionar gravemente a una guarda ambiental, embistiéndolo con un vehículo tipo bughi. La adjunta de fiscalía Yanina Estela, en una audiencia encabezada por la Jueza Itziar Soly, detalló el hecho ocurrido el 1 de enero de 2016 en horas de la tarde, en el sector denominado los Álamos, un área natural protegida de la localidad de Las Grutas.
Según la denuncia inicial que dio curso a la causa, el joven Juan Manuel Urcera, ingresó manejando el vehículo e hizo caso omiso a la alerta del guarda Maximiliano Bertini relacionada con la prohibición de transitar por esa zona, reiniciando la marcha y embistiéndolo, ocasionándole así lesiones graves. Destacó además que el imputado, que ocupaba el vehículo junto a otras personas, se retiró del lugar sin socorrerlo, debiendo ser él quien diera aviso a su compañero y a la policía.
Como sustento probatorio Estela mencionó la denuncia de la víctima con sus ampliaciones posteriores, la testimonial de su compañero y diversas certificaciones médicas que dan cuenta de la gravedad de las lesiones sufridas, entre ellas la del Cuerpo Médico Forense que indicaba que las mismas se correspondían con la mecánica del hecho.
Asimismo destacó que se encuentra pendiente una ampliación de dicha pericia, a realizar por un psicólogo o psiquiatra y que restan tomar declaraciones testimoniales de la tercer guarda ambiental que estaba en ese momento en el lugar, así como del agente policial que intervino y de quienes acompañaban al acusado.
La querella estuvo ejercida por Luciano Perdriel, quien adhirió a lo expresado por la Fiscalía. En tanto que la Defensa privada del imputado, los abogados Danilo Vega y Felipe Suarez, cuestionaron el cambio de la calificación legal de lesiones leves a graves, argumentando que dicha modificación se sustentó en evitar la prescripción de la causa.
Por ello Vega solicitó que se rechace la formulación de cargos por lesiones graves, se recalifique al hecho como lesiones leves y consecuentemente, se declare extinguida la acción penal por prescripción dictándose el sobreseimiento del acusado.
Esta postura no fue considerada por la Jueza quien en cambio, hizo lugar a la formulación de cargos solicitada por la acusación, considerando que existía claridad en cuanto al hecho, la calificación legal y la evidencia que se ha recolectado como aquella que resta recolectar.
En cuanto a la postura de la Defensa, consideró que en los dos meses que determinó que durará la investigación, podrá reunir la evidencia propia para sustentar su teoría del caso acerca de la gravedad de las lesiones, declarando abstracto así el pedido de sobreseimiento.