lunes, mayo 5, 2025
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La Justicia ordena medidas urgentes por los montículos de tierra depositados en San Antonio Oeste

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia emitió un fallo interlocutorio en el que ordena a la Municipalidad de San Antonio Oeste abstenerse de realizar trabajos de extracción, traslado o dispersión de suelos contaminados con plomo y otros metales pesados en la zona urbana de la ciudad. La decisión se basa en el principio precautorio y busca proteger la salud de la población, especialmente de niños y adolescentes.


La medida fue solicitada por el Defensor General, Ariel Alice Barilari, tras recibir un comunicado de la Multisectorial por la Problemática del Plomo en SAO. Según la denuncia, el Municipio habría iniciado tareas de extracción de suelos contaminados en el sector de La Estanciera y trasladado el material a zonas urbanas cercanas a establecimientos educativos, incumpliendo así lo dispuesto en la Sentencia Definitiva N° 73 del 25 de julio de 2014. Dicha sentencia prohibía expresamente actividades en áreas cercanas a las pilas de escoria hasta que se completara la remediación ambiental.

El tribunal destacó que el traslado de tierras contaminadas representa un «riesgo grave» para la población, ya que los metales pesados pueden dispersarse por factores como el viento, afectando a habitantes, en particular a niños que asisten a escuelas aledañas. Además, se adjuntaron al expediente imágenes fotográficas, videos y un acta policial que corroboran las actividades denunciadas.

En su resolución, el STJ aplicó el principio precautorio establecido en la Ley General del Ambiente (Ley 25.675), que obliga a tomar medidas eficaces ante la posibilidad de daño grave o irreversible, incluso sin certeza científica absoluta. El fallo cita precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que respaldan esta postura, como el caso «Salas, Dino».

El juez Ricardo A. Apcarian resolvió:

Prohibición inmediata: La Municipalidad debe abstenerse de realizar cualquier trabajo de movimiento, extracción o traslado de suelos contaminados, así como de dispersar los montículos ya depositados en la zona urbana.

Protección de los suelos: Se ordena asegurar los montículos para evitar su dispersión.

Informe urgente: El Municipio debe presentar un informe detallado sobre la situación en un plazo de 24 horas.

La problemática del plomo en SAO se remonta años atrás, con áreas aún pendientes de remediación. Organizaciones sociales y técnicos han advertido reiteradamente sobre los peligros de la contaminación, especialmente en zonas cercanas a escuelas.

Conclusión: El fallo marca un precedente en la aplicación de medidas urgentes para proteger el ambiente y la salud pública, reforzando la obligación de las autoridades de actuar con prevención ante riesgos ecológicos. La notificación se efectivizó de inmediato mediante el sistema PUMA, dada la urgencia del caso.

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