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Las Grutas: procesamiento y prisión preventiva por desobedecer una restricción de acercamiento y amenazas

viedma- 04/12/14 el juez igoldi realizo allanamiento en la obra social provincial IPROSS foto marcelo ochoa

El juez penal a cargo del Juzgado de Instrucción N° 2 de Viedma, Favio Igoldi, ordenó el procesamiento y la prisión preventiva -por el plazo de cuatro meses- de J.N.D. , por un hecho calificado como amenazas en concurso ideal con desobediencia judicial. Además el magistrado dispuso que será trasladado al Complejo de Ejecución Penal N°1 de Viedma.

Luego de cumplido el período de cuatro meses, se analizará nuevamente la situación de detención y la continuidad o no de riesgo para la víctima.

Con respecto al hecho en cuestión al imputado se le atribuye que en el Balneario Las Grutas el día 7 de abril desobedeció la orden dispuesta por el Juzgado de Paz de San Antonio Oeste sobre denuncia de Ley 3040, que indicaba la prohibición de acercamiento de un radio de 500 metros a la denunciante.

El juez entendió que estaban acreditados en primera instancia los hechos imputados, calificando la conducta del prevenido como amenazas en concurso ideal con desobediencia judicial. El procesamiento fue dictado con prisión preventiva en razón de darse en el caso circunstancias de riesgo procesal.

El magistrado afirmó: “Debo destacar que se evidencia en autos un probable riesgo para la víctima. Ello en razón de que al prevenido no le bastó desobedecer en pleno día una orden judicial, sino que además amenazó de muerte a la víctima -quien dijo en su denuncia de Ley 3040 que las amenazas se repetían-. No resulta un dato menor que el estado de ebriedad en que se mantiene en oportunidades el imputado (…) agrava el hecho, dado que la falta de frenos inhibitorios que produce el consumo de alcohol podría poner en mayor peligro a la víctima”.

Por último el Juez destacó que “el hecho aparece violentando una medida cautelar, por lo que no encuentro otro medio procesal mas idóneo que la presión preventiva que dicto en este momento para proteger a la mujer del flagelo que implican los actos violentos hacia ella”. (MSTJ)

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