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Manipulaba cajones sin protección: deberán indemnizar a una trabajadora de una pesquera de SAO

La mujer, oriunda de San Antonio Oeste, realizaba tareas vinculadas al embalado del producto en cajas de un peso superior a los 15 kilos, realizando trabajos inherentes al pesaje, donde la manipulación de los cajones superaba los 20 kilos, en un ambiente frío, sin equipamiento de resguardo y continuamente de pie y que en estas tareas sufre el accidente de trabajo que le impide continuar trabajando.

Detalla en el expediente que el horario desarrollado era al comienzo de 6 a 14 horas y que con el correr del tiempo, las jornadas se extendían hasta las 19 horas incluso hubo varios días que debía ingresar a las 5 de la mañana tras una extensa jornada laboral.

Señala que, al estar en la manipulación de cajones en la balanza para el pesaje, sufrió el accidente de trabajo al sentir un fuerte dolor lumbar, no tenía protección, ni elementos e trabajo y solo la empresa le entregaba botas de goma.

La cámara laboral determinó que “resulta claramente acreditado que la actora realizaba tareas de fuerza considerable, en un ambiente frío, sin elementos de protección, ni ayuda suficiente. No se ha acreditado que recibieran instrucción de seguridad e higiene en el trabajo ni elementos de protección útiles a los fines de evitar que el esfuerzo pudiera resultar un factor causal de un evento dañoso llevando a esto a una incapacidad total 7,5%”.

La suma total de $ 192.547,99, deberá pagarse a la damnificada en concepto de indemnización por accidente de trabajo y que devengará intereses a la tasa indicada.
Se impuso las costas a la demandada, con excepción de las causadas por la citación de Galeno A.R.T. S.A.

El hecho aconteció en el 2009 pero diez años después selló la sentencia definitiva y no con el monto original solicitado por los letrados patrocinantes, se desprende del texto de la cámara citada “fue un hecho súbito y violento, dentro de los tres primeros días del mes de julio de 2009, al realizar un esfuerzo superior al aceptable, sin ayuda, sin los elementos de protección personal adecuado y sin haber recibido de parte de la empleadora ninguna instrucción de seguridad e higiene en el trabajo”. (imagen ilustrativa)

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