Según el prestatario, indica en una nota presentada al Concejo Deliberante, que la municipalidad no cumplió con las obligaciones a diferencia del comerciante que aduce que desde el 2007 lo hace reglamentariamente “durante los últimos 11 años hemos cumplido con todo lo suscripto por la reglamentación municipal para la explotación de la Unidad Fiscal F1, abonando el correspondiente canon municipal en tiempo y forma… cumpliendo la totalidad de las normas…).
Según el permisionario, la municipalidad es la que no ha cumplimentado de la reglamentación en el concurso de precios, por eso es objeto el reclamo que realiza el comerciante y que se modificó gravemente por parte del municipio las condiciones de contratación estipuladas en el decreto que estableció el concurso de precios 013/16.
Menciona que la modificación que le impuso la municipalidad sin cumplir lo pautado, afectó el esquema de negocios y la merma fue entre un 50 y un 60 por ciento y que ese cambio de forma intempestiva, unilateral y sin notificación correspondiente incluso la municipalidad, en el lugar donde posee la unidad fiscal permitió sin comunicarle un juego de cohete espacial a pocos metros, que también afectó comercialmente.
“Por todo lo expuesto es que venimos a solicitar, en razón del perjuicio anterior detalladas le causaron a esta parte de la temporada veraniega presente, que proceda a futuro en las temporadas 2018 y 2019 abonar el canon en un 60 0 50 por ciento a fin de compensar las pérdidas sufridas en la presente temporada…”
Según el señor Ezequiel Fumo, quien firma la nota, socio gerente de New Ideas Publicidad SRL, que ante la negativa u omisión del presente reclamo, iniciarán acciones judiciales por los perjuicios ocasionados a raíz del incumplimiento contractual de forma unilateral por el municipio.