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Provincia publicó cual será la garantía de ALPAT para reintegrar el aporte de 8 millones de pesos

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Por Resolución Conjunta N° 388/17 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y N° 507/17 del Ministerio de Economía de la Provincia se aprobó el otorgamiento de un crédito de pesos ocho millones ($ 8.000.000,00) a favor de Álcalis de la Patagonia S.A.I.C., con destino a la cancelación de los haberes del personal, en el marco del “Fondo Fiduciario para el Fortalecimiento de la Productividad Rionegrina” (F.F.For.Prod.R.N.). C

Con fecha del día 11 de agosto de 2017 se firmó el contrato de mutuo entre la empresa Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. y Río Negro Fiduciaria SA, por la suma de pesos ocho millones y que dicho contrato de mutuo contempla en su cláusula quinta las siguientes garantías cuya vigencia y/o cumplimiento es condición esencial para la validez del mismo: A) Cesión de Créditos en Garantía por la suma de pesos 2 BOLETIN OFICIAL N° 5597 Viedma, 11 de Septiembre de 2017 doce millones ($ 12.000.000,00) sobre los créditos derivados del convenio entre Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. y Owen Illinois Argentina SA y por hasta un monto máximo mensual de pesos dos millones ($ 2.000.000,00) y B) “Pagaré” por el importe de pesos diez millones cuatrocientos mil ($ 10.400.000,00).

No se liberarán los fondos de crédito referido hasta tanto no se encuentren formalmente constituidas las mencionadas garantías (ya realizadas); que se encuentra debidamente suscripto el pagaré por el Vicepresidente de Álcalis de la Patagonia S.A.I.C.; que si bien se suscribió el Contrato de Cesión de Créditos en Garantía ante la Escribanía General de la Provincia de Río Negro la misma aún no ha sido notificada y aceptada por la empresa Owen Illinois Argentina SA en su calidad de deudor cedido; Que a fojas 379 la empresa Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. informa que, debido a imprevistos y demoras ajenas a la empresa, en relación a hacer efectiva la notificación de la Cesión de Créditos en Garantía, se ofrece hasta tanto se realice la mencionada notificación, entregar cheques de pago diferido emitidos por la firma de acuerdo a los montos y plazos estipulados para cada pago de cuota en el Cronograma de Pagos del Anexo IV del mutuo.

Es intención del Gobierno Provincial acompañar a las empresas a superar las dificultades financieras y poner como prioridad el mantenimiento de los puestos de trabajo asistiéndolas financieramente en el sostenimiento de la actividad y mejorando sus costos de financiamiento que inciden directamente en la rentabilidad de su negocio; asimismo, es necesario destinar los fondos a capital de trabajo de la empresa a los fines de garantizar la permanencia de los puestos laborales con el impacto social que esto provoca; es importante destacar que la empresa Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. es de suma importancia para la localidad de San Antonio y su zona de influencia por la cantidad de familias que sostiene y que una demora aun mayor en la cancelación de los sueldos podría ocasionar circunstancias de conflicto que perjudicarían a la empresa y a su capacidad de pago; por lo tanto resulta necesario autorizar a Río Negro Fiduciaria SA a efectivizar el pago del crédito de pesos ocho millones ($ 8.000.000,00) conforme contrato de Mutuo suscripto con la firma Álcalis de la Patagonia S.A.I.C., otorgando a la empresa un plazo de treinta (30) días para regularizar la garantía, bajo apercibimiento de considerar lo incumplido y ejecutar la garantía; que ha prestado conformidad el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, a fojas 380; Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y Fiscalía de Estado mediante Vista N° 03622-17; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1) de la Constitución Provincial. Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA: Artículo 1º – Ratificar el Contrato de Mutuo suscripto entre Río Negro Fiduciaria SA representada por su Presidente Cr. Miguel Calvo y la empresa Álcalis de la Patagonia S.A.I.C. representada por Mariano Emanuelli, en el marco de la Resolución Conjunta N° 388/17 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y N° 507/17 del Ministerio de Economía de la Provincia, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.- Art. 2º – Autorizar a Río Negro Fiduciaria SA a efectivizar el pago del crédito otorgado a favor de Álcalis de la Patagonia S.A.I.C., Cuit N° 30-54891481-3, de acuerdo al contrato de mutuo aprobado en el Art. 1°, en los términos y por los considerandos expuestos en el presente.- Art. 3º – El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.-(Fuente Boletín Oficial RN)

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