El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de ocho años de prisión que había impuesto la Sala A de la Cámara Criminal de Viedma a un hombre acusado de abusar sexualmente de una adolescente en San Antonio Oeste. Con voto rector del juez Sergio Barotto y adhesión de sus pares Ricardo Apcarián y Adriana Zaratiegui, el STJ declaró mal concedido el recurso de casación que había interpuesto el defensor particular Edgardo Corvalán y confirmó integralmente la sentencia dictada por la Cámara en julio de 2016.
El imputado M.L.J.V. fue condenado como «autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal» por el hecho que ocurrió la tarde del 31 de octubre de 2014, del que fue víctima una adolescente de 16 años de edad.
Según se tuvo por acreditado tras el juicio, el acusado se encontró con la víctima en inmediaciones del Instituto del Docente y ambos «efectuaron una recorrida por la localidad a bordo del automóvil» del hombre. Luego el imputado condujo a la víctima hasta un vivienda, donde se produjo el abuso «previo amenazarla de muerte y tomarla fuertemente de las muñecas». La Cámara tuvo por acreditado que el abuso se cometió «mediante el ejercicio de violencia» y destacó «la preeminencia del imputado» sobre la menor de edad «por ser un adulto y encontrarse en su ámbito de poder para ejercer su arbitrio con seguridad».
La defensa alegó una «arbitraria interpretación de la prueba» en perjuicio del imputado, sostuvo que «no se pudo acreditar que haya existido una relación sexual forzada» y finalmente solicitó la absolución. El acusado, en el juicio, reconoció el acto sexual pero sostuvo que fue consentido.
Sin embargo el STJ recalcó que si bien el encuentro entre ambos sí fue consentido -fue «el primer contacto personal, luego de otros por mensaje de texto»-, las declaraciones de la víctima y de sus personas más cercanas permitieron «constatar cómo se encontraba la menor momentos después» del hecho, «desbordada emocionalmente» y «desarreglada», y su «temor por las represalias anunciadas a su familia» por parte del acusado, todo lo cual «no se condice con una situación consentida».
También se valoraron las constataciones médicas, reveladoras de una agresión sexual, junto a los informes psicológicos que confirmaron el cuadro de «estrés postraumático» y otras secuelas.
Finalmente el STJ concluyó que el recurso planteado por la defensa «no puede prosperar, dado que no presenta una crítica concreta y razonada» que permita desvirtuar la sentencia de la Cámara. (Fuente: prensa Superior Tribunal de Justicia de Río Negro)