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Recuerdan la prohibición del uso y venta de pirotecnia en el ejido sanantoniense

El Municipio San Antonio recuerda que se encuentran vigente las Ordenanzas 5.427 y 5.917 que prohíben el uso de elementos de pirotecnia y/o fuegos artificiales a los fines de preservar la salud de las personas y evitar daños en los animales y en el ambiente.


Se prohíbe en el ámbito del ejido municipal, el uso, tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista, o cualquier otra modalidad de comercialización, de cualquier tipo de productos de pirotecnia y/o fuegos de artificio, sean o no de venta libre y/o fabricación autorizada.
Recordar que dicha Ordenanza contempla sanciones ante el incumplimiento de la misma y la aplicación de sanciones derivarán en el correspondiente decomiso y destrucción de los elementos de pirotecnia y fuegos de artificio, con multas equivalentes a cincuenta (50) USAM para el comercio que incumpla con la presente, y seis (6) USAM para el privado que no se ajuste a esta normativa en la primera infracción, duplicándose en la segunda y triplicándose en la tercera infracción más la clausura pertinente.
El Municipio San Antonio integra junto a muchos municipios de nuestro país esta normativa donde se ha prohibido el uso de todo este tipo de elementos que afectan la salud de las personas, niños, niñas, personas con autismo, mascotas y el ambiente.
Entre todos podemos generar conciencia por unas fiestas libres de pirotecnia.

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