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San Antonio Oeste refuerza sanciones a padres de menores infractores con modificación de ordenanza

Por iniciativa del concejal de JSRN, Fabrio Mirano, el Concejo Deliberante buscará aprobar una modificación a la Ordenanza N°5424, estableciendo sanciones más severas para los padres o tutores de menores que provoquen daños en bienes públicos o privados. La medida busca responsabilizar solidariamente a los adultos a cargo de los menores infractores, en consonancia con lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación.


Según los considerandos de la ordenanza, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, tal como se establece en el artículo 27 del Código Civil y Comercial de la Nación. Hasta ese momento, y de acuerdo con el artículo 1754 del mismo código, los padres son responsables por los actos de sus hijos menores de edad, lo que incluye el deber de evitar que estos causen daños a terceros. Esta responsabilidad se activa cuando un menor comete un acto dañoso, generando una responsabilidad solidaria en los padres.
El nuevo marco normativo responde al estado actual de las instituciones públicas, que han sufrido daños no solo por el uso ordinario, sino también por actos destructivos cometidos por menores. Ante este panorama, el Concejo considerarían necesario reformular el régimen sancionatorio en espacios públicos comunes.
La reforma al artículo 23 del Código Municipal de Faltas, incluida en la ordenanza, establece que cuando el infractor sea menor de 18 años, la acción legal recaerá sobre los padres, tutores o encargados. Además, los antecedentes del caso serán elevados al Defensor de Menores si el Juez de Faltas lo considera necesario.
La medida no tiene un objetivo recaudatorio, sino que busca prevenir futuros daños y reparar los ya causados. Para lograr este fin, la ordenanza introduce tres tipos de sanciones:
  1. Probation: Consistirá en la realización de trabajos comunitarios en instituciones públicas, en proporción al daño causado.
  2. Pago en efectivo: El pago total de los daños extinguirá automáticamente la infracción.
  3. Multa directa: En caso de que el tutor no cumpla con las sanciones anteriores, el monto del daño se imputará directamente en la tasa municipal del contribuyente responsable, y la multa se ajustará mensualmente según la tasa activa del Banco Nación. Hasta que no se realice el pago, el responsable de la guarda será inhabilitado para realizar cualquier trámite municipal.
El Juez de Faltas será la autoridad encargada de constatar y ejecutar estas sanciones, contando con el apoyo de las áreas ejecutivas competentes en cada caso.
La actualización de esta normativa representa un esfuerzo del gobierno local por preservar el estado de las instituciones públicas y responsabilizar a los adultos por los actos de los menores, fortaleciendo así el sentido de comunidad y el respeto por los bienes públicos.

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