San Antonio tenía una ordenanza modelo de “voto parroquial” que nunca aplicó. El municipio implementará la norma provincial.

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En el año 2008 el concejal del justicialismo mandato cumplido, Jorge López, propuso mediante ordenanza, que fue votada por unanimidad, que los ciudadanos voten en la escuela más cercana a su domicilio. La norma nunca se implementó.


La ordenanza 2737 establece la instrumentación de un sistema de padrones por circuitos barriales, en la cual cada vecino podrá votar en la escuela más cercana a su domicilio legal. Según mencionaba la normativa “se buscaba terminar con los operativos de acarreos” pero lamentablemente nunca se puso en marcha la misma porque los tribunales electorales municipales no modificaron los padrones correspondientes.

Esta ordenanza fue modelo para otras en la provincia. Según la misma ya estaba dividido en sectores utilizando las zonas establecidas en el plano municipal, salvo algunas ampliaciones que se hicieron de los últimos años.

Si se aplicara actualmente sería una ordenanza perfectamente novedosa.

Igualmente, los gobiernos municipales sucesivos abandonaron la idea al no reglamentarla, hasta este año, que San Antonio Oeste se sumó desde la primera etapa del plan “Mi voto, cerca” iniciativa del Gobierno de Arabela Carreras el cual refrenderá en pocas semanas.

A través de este sistema, se permitirá que los vecinos y vecinas de esas ciudades puedan votar en la escuela más cercana a sus domicilios, dejando de lado el tradicional padrón único por corte alfabético.

El objetivo es que el 93% del electorado en Río Negro tenga garantizado el ejercicio del derecho a votar en el establecimiento más cercano a su domicilio en los comicios de 2023.

¿Cuáles son los beneficios del voto parroquial?

  • Elimina las barreras territoriales para la consecución del derecho de sufragio, permitiendo su pleno y equitativo ejercicio.
  • Incrementa la participación e integración de todas las personas aptas para ejercer su voto
  • Permite la división de las jurisdicciones al interior de los municipios y la actualización del nomenclador de sus calles y barrios
  • Evita la inconsistencia en la información en lo que respecta a toda inscripción o cambio de domicilio de los/as ciudadanos/as que habitan la región, siendo de gran utilidad para la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la provincia
  • Posibilita realizar mapas temáticos que favorecerán a una gestión provincial y municipal más eficaz y eficiente
  • Previene la práctica comúnmente conocida como “acarreo de votantes”

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