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Sanción al partido Frente Renovador San Antonio Oeste

En una reciente sentencia emitida por el Juzgado Electoral de la Provincia de Río Negro, se ha decidido sancionar al partido Frente Renovador San Antonio Oeste con la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y cualquier recurso de financiamiento público durante un (1) año.

La decisión, plasmada en la Sentencia Definitiva 018/2024/JEP, se basó en el incumplimiento del partido respecto a la obligación de habilitar una cuenta bancaria única para el depósito de sus fondos partidarios, conforme a lo establecido en el artículo 104 de la Ley O 2431. A pesar de las intimaciones del tribunal, el partido no pudo acreditar la apertura de dicha cuenta.
El fallo, que sigue lo estipulado por el artículo 105 de la Ley O 2431, destaca que aunque el partido no cuenta con antecedentes punitivos, la sanción es aplicable por el período de un año, tal como lo dictaminó el Ministerio Público Fiscal.
Este hecho marca un precedente importante para el control del financiamiento de los partidos políticos en la provincia, asegurando el cumplimiento de las normativas vigentes.

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