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SAO: chocaron y destruyeron el frente de una casa. Ambos conductores deberán pagar.

En febrero de este año dos vehículos chocaron en una esquina de San Antonio Oeste. Por el impacto, un auto se subió a la vereda y destruyó el paredón y la reja del frente de una vivienda.


El vecino damnificado realizó una exposición policial, envió carta documento a los dos demandados, mantuvo conversaciones por whatsapp con ambos y remitió a la aseguradora un presupuesto de mano de obra y materiales y fotografías del hecho.
Como no obtuvo respuesta favorable, ya que los conductores se culpaban mutuamente, inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de la localidad.
Al analizar el caso, la jueza de Paz concluyó: “no reporta interés alguno en el caso determinar cuál de los vehículos es responsable de la colisión, como pretenden endilgarse los demandados entre sí, pues el evento dañoso existió y entiendo que sobradas probanzas de ello, y ambos fueron co-causantes del hecho”.
Efectivamente, en el ámbito de la menor cuantía “no nos convoca a quién atribuir la culpa del choque entre ambos vehículos, sino el daño producido a la propiedad de la actora como consecuencia del impacto”.
Además, en el expediente “no existen elementos que permitan dilucidar claramente la mecánica del hecho, ni a cual de los dos conductores se les debe aplicar en mayor o menor medida una conducta riesgosa, pues ello corresponde sea debatido en un proceso especial”.
De esta manera, ambos conductores resultaron ser “solidariamente responsables”. En efecto, “si ambos conductores se lanzaron a cruzar sin adoptar las previsiones necesarias para evitar el accidente, corresponde considerar que el evento se produjo por la culpa de ambos y que cada uno de éstos contribuyó a la producción del daño”, dice el fallo.
A la hora de cuantificar el daño, expresó la limitación monetaria que implica un proceso de menor cuantía, a lo que debe adicionarse los intereses. En definitiva, aseguradora y ambos automovilistas deberán pagar en conjunto más de un millón de pesos. (fuente Prensa Poder Judicial RN)

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