jueves, abril 3, 2025
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SAO: el Defensor del Pueblo respondió sobre la Ordenanza 7305

En respuesta a una solicitud realizada por los concejales de bloques opositores, el Defensor del Pueblo de San Antonio Oeste emitió un dictamen respecto a la Ordenanza N.º 7305, recientemente sancionada por el Concejo Deliberante.


La norma, aprobada por mayoría simple, autoriza al Poder Ejecutivo Municipal (PEM) a realizar un llamado a licitación pública y/o concurso público para la venta de lotes en el parque industrial. Los fondos obtenidos se destinarían a financiar obras relacionadas con la disposición final de residuos, permitiendo incluso el pago en especie mediante camiones recolectores o compactadores, sean nuevos o usados.
El Defensor del Pueblo manifestó que su rol, tal como lo establece la Ordenanza N.º 5313, consiste en proteger los derechos e intereses legítimos de los habitantes frente a acciones u omisiones de los organismos municipales. En este caso, señaló que no se advierten irregularidades administrativas, arbitrariedades o actos lesivos en la ordenanza sometida a análisis.
Aunque reconoció que el pago en especie puede considerarse una medida excepcional, subrayó que el mecanismo de licitación pública asegura transparencia en las contrataciones. Además, afirmó que no cuenta con competencia para certificar la certeza jurídica de la ordenanza, función que correspondería al órgano asesor técnico-jurídico competente.
Finalmente, recordó que la misma Ordenanza N.º 5313 limita sus atribuciones al impedirle modificar, revocar o anular actos administrativos emanados de otros organismos municipales. Concluyó que cualquier valoración sobre la técnica legislativa o la validez de la norma pertenece al ámbito subjetivo y político, del cual está vedado a opinar.
El dictamen deja abierta la posibilidad de que las observaciones técnicas sean evaluadas por otros órganos especializados del ámbito municipal, manteniendo la independencia y objetividad del Defensor del Pueblo en el tratamiento de estas consultas.

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