Quedó firme la Resolución Legislativa 001 firmada por el intendente Luis Ojeda y el secretario de Planificación, Alfredo Andreoli, que establece la derogación de la Ordenanza 4683 sancionada en 2014, que impuso el nuevo Código Urbano y de Edificación Municipal.
La medida pone en vigencia el antiguo Código Urbano y de Edificación Municipal, contenido en la Ordenanza 2205.
El procedimiento indica que el Concejo Deliberante debía convocar a una sesión extraordinaria en los plazos y términos señalados en la Carta Orgánica (cinco días).
Vencido ese lapso el requerimiento queda confirmado, lo que finalmente sucedió.
La Resolución la impulsó el Poder Ejecutivo luego que el Superior Tribunal de Justicia declarara inconstitucional la norma 4683, en una causa que promovió la Fiscalía de Estado provincial.
Ojeda y Andreoli indicaron en el documento legislativo que “ante este cuestionable decisorio, que se fundamenta en la supuesta afectación de la normativa al Área Natural Protegida Bahía San Antonio (siendo que fue la propia Provincia de Río Negro quien contribuyó al dictado de la misma), es necesario precisar qué normativa es aplicable en la actividad diaria de la Secretaría de Planificación y todas sus direcciones y su-áreas”.
Destacaron que “día a día, dichas dependencias deben aprobar o desaprobar planos, otorgar preadjudicaciones, títulos de propiedad, ejecutar mensuras y mediciones, entregar certificados catastrales, finales de obras, y muchos actos administrativos que se rigen por la normativa tachada de inconstitucional”.