La Defensora de Menores, Patricia Arias requirió al Juez Juan Brussino Kain, que prohíba que dos hombres (Iud- Ojeda), imputados en una causa por corrupción de menores, “muestren fotos o audios de la niña víctima», y que «borren la publicación realizada por ellos en la red social Facebook notificando de ésto a todos quienes lo compartieron».
Además le solicitó que «prohiba la difusión de dicho material instando a los medios que lo publicaron, a que lo borren».
Arias fue taxativa al realizar el requerimiento al juez, recordando que en una oportunidad anterior uno de los imputados había difundido la foto de la niña permitiendo su individualización.
En relación al material difundido, la Defensora expresó que su contenido “ha sido obtenido en forma ilegal y espuria, ya que ninguna persona puede ser filmada sin su propia autorización. Esto ya constituye una falta grave, más grave aún porque tal grabación fue hecha bajo engaño”. No obstante ésto, remarcó que “esta prueba pudo ser incluida en el marco de la causa, en el control de acusación”.
“Ningún niño debe ser objeto de injerencias ni ataques ilegales a su intimidad y ningún medio de comunicación puede dar información que permita conocerlo o individualizarlo”, recordó.
“Somos nosotros como parte integrante del Estado los que tenemos que resguardar a la víctima y estamos aquí ante una seria y grave afectación del derecho a la intimidad de esta joven”. En uso de su derecho a defensa “tienen la vía y la forma legítima de presentar la prueba, no se pueden hacer excepciones más allá de quien sea el imputado”, expresó.
A todo lo dicho por la Defensora adhirió la Fiscalía que continúa adelante con la investigación, en el marco de una prórroga requerida para el análisis de este material.
La Defensa de los imputados requirió la visualización de los videos presentados, y se explayó luego en relación a su contenido destacando que “en las imágenes no se aprecian rostros, no hay nombres (…) no existe la posibilidad de identificar quiénes están en ese video”.
Describió los hechos como el “legítimo ejercicio de su derecho de defensa de una persona que es pública y tiene la posibilidad de vindicarse”.
Fialmente el Juez Brussino Kain prohibió “la divulgación de este material” ordenando además a “que se borre el publicado”.
“Soy respetuoso en el derecho de defensa, pero siempre ejercido en el marco del proceso y ésto esto viola normativa internacional que el Estado argentino ha incorporado a su derecho interno”.
“Lo que tiene que hacer el Estado cuando advierte que hay derechos vulnerados es protegerlos. Es posible que, como dice la defensa, haya otros casos en los que no se los protegió. Pero en esta audiencia debemos referirnos a esta cuestión y aquí viola una norma específica con raigambre constitucional”.