El Superior Tribunal de Justicia, convertido en Tribunal de Casación Penal resolvió ratificar la condena por 9 años de prisión más accesorias legales y costas, a un sujeto que residía en el ejido de San Antonio Oeste por considerarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal, por ser encargado de la guarda de la víctima y por la convivencia preexistente en forma continuada Si bien la defensa adujo que ha existido un error de procedimiento en relación con la valoración de la prueba advirtiendo incluso una falta de fundamentación razonada, alegando incluso falsedad de la denuncia efectuada por su pareja, la que sería una represalia y que a su entender se encuentran teñidas de intencionalidad pues buscan perjudicar al acusado, situación que permite poner en duda los relatos.
Pero el STJ en la figura de la jueza Liliana Piccinini qin refrendó la acusación de la Cámara determinó que los dichos de la madre de la víctima contó acerca de extrañas situaciones que sucedían entre su pareja y su hija, contando incluso un episodio puntual donde lo encontró al sujeto cuando intentaba cometer el acto sexual.
Incluso la convicción emergente de los dos elementos restantes ponderados en el informe del Cuerpo Médico Forense, que había detectado indicadores de estrés postrauma en la joven, como otro indicio en el sentido de la confirmación de la hipótesis delictiva.
Asimismo señala la sentencia que no fue un solo hecho de abuso sexual simple, sino que se trató de un conjunto de abusos, con acceso carnal, reiterados en el tiempo, cometidos en las circunstancias detalladas en la sentencia por ello se acreditó la autoría del imputado en los hechos que se le endilgan por lo que los vocales juzgadores aprobaron la sentencia de M.S.S. y confirmar la prisión efectiva de nueve años.
Ocurrió en Las Grutas: abusó de su hija y los condenaron a 9 años de prisión | InformativoHoy https://t.co/Gbl1ctPCMA
— InformativoHoy (@Informativohoy) 4 de mayo de 2016