Aprobaron que menores de 16 años ingresen a boliches pero con carnet y sin consumo de alcohol

bailable




Se modificó por mayoría el artículo 1º de la ordenanza 3174; y el Artículo 6º de la ordenanza 3235, que no permitía a jóvenes entre 16 y 18 años ingresar a los locales bailables y pubs donde expenden bebidas alcohólicas.

En este caso, la ordenanza es para que se les pueda permitir el ingreso a esos lugares aunque manteniendo la prohibición de que consuman tragos con alcohol.

Para ello deben tener un carnet habilitante (lo debe emitir el municipio), el mismo deberá ser entregado a los solicitantes y costará por única vez 500 pesos, cuando ingresen, los adolescentes deberán mostrarlo al ingreso del lugar, pero antes de las 02,30 horas.

Esta ordenanza propuesta por el concejal Clemant plantea un esquema de penalidades graduales para los responsables de los comercios en caso que se detecte menores ingiriendo bebidas alcohólicas, que llega a la clausura definitiva del local.

El edil hizo hincapié en que los jóvenes de esas edades al tener prohibido el ingreso a boliches, bares o pubs, “buscan su entretenimiento por fuera de las locaciones habilitadas y controladas, incluso consumiendo bebidas alcohólicas en la vía pública, alternativa prohibida además de poco segura y que generan mayores riesgos a la salud e integridad de los mismos.”

Explicó entre los fundamentos que actualmente los chicos  de entre 16 y 18 años no pueden ingresar a los lugares, aunque sí tienen otras responsabilidades y derechos que ostentan los adultos. Puso como ejemplo que pueden celebrar contrato de trabajo -con autorización de sus padres o tutores-;  iniciar juicios laborales o tramitar el registro para conducir ciclomotores.

Resaltó que “la sociedad en la que vivimos va mutando a nuevos usos y costumbres a los que hay que adecuarse normativamente, siempre que sea en beneficio y provecho de todos los integrantes de una comunidad, como es en este caso, al buscar salvaguardar la integridad de los menores que buscan opciones poco convenientes y sin control, cuando sí están habilitados para ejercer otros derechos similares a los que tiene un adulto”.

La ordenanza estaba sujeta a la promulgación del ejecutivo.

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