Hace tres años justamente, entre el 2 y 5 de junio del 2013 el ejecutivo promulgaba, la ordenanza 4246. Una semana antes el 27 de mayo del 2013 algunos ediles, entre lágrimas, prometían que con la misma, se iniciaba «el cuidado de los perritos y canes que no encontraban hogar».
La ordenanza denominada «Servicio de control zoonosis municipal», expresaba en la sesión Claudio Palomequez, en ese entonces titular del parlamento comunal y actual secretario de turismo que » representa un salto cualitativo en cuanto aborda las problemáticas relacionadas con el control y cuidados respecto de los animales domésticos, contemplando además la cantidad de animales que tienen libre acceso a la vía pública, a lo que se debe agregar un importante número de animales que viven desamparados o que no tienen una persona que se haga responsable de ellos».
Hoy, no sabemos el destino del Quirófano Móvil, aunque se presume, aunque no tenemos confirmación, se encuentra en el predio de Transporte Las Grutas. El mismo está a cargo de la Secretaría de Coordinación Municipal.
El ex edil Pablo Fernández, realizó un pedido de informes, que no fue contestado nunca y que tiene vigencia en la actualidad, entre las preguntas que efectuaba el ex concejal mencionaba:
1) Debido a la cantidad de perros que existen en el basurero municipal en condiciones deplorables, le pregunto: Se cumple con la ordenanza municipal Nº 4246 de fecha 27 de mayo de 2013 promulga mediante decreto Nº 851 de fecha 31 de mayo de 2013 en la cual se crea en la orbita de la Dirección de Inspección General dependiente de la Secretaría de Coordinación General el servicio de control de zoonosis municipal?
2) Según el artículo 13 de la ordenanza antes mencionada se debe crear una guardería canina, la cual contara con la infraestructura necesaria para garantizar las condiciones higiénicas y adecuadas para la guarda de los perros capturados, ahora le pregunto: donde funciona la guardería canina?.
3) Quien es el personal municipal a cargo de las capturas e internación de los canes en la vía publica, según lo prescribe el artículo 12 de la ordenanza antes mencionada?
4) ¿A donde se destinan los fondos creados por dicha ordenanza en la cual se cobra el 7,5% a todos los ciudadanos del ejido municipal de la tasa de alumbrado, barrido y limpieza municipal para el funcionamiento del servicio de control de zoonosis?
Estas preguntas específicas tienen vigencia aún hoy, cuando se presume que las acciones, en pos de solucionar la problemática, no se estarían cumpliendo.