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Convenio para regularizar finalmente las “Tierras de Tarruella” al sur de Las Grutas

Ingresó para ser tratado “ad referéndum” del Concejo Deliberante, “para proceder en forma conjunta al saneamiento y regularización de las parcelas objeto del presente acuerdo marco” señala el expediente que ya está en manos de la legislatura comunal y que será objeto de debate en los próximos días en comisiones.

“Las partes acuerdan plena colaboración y reciprocidad, para lograr el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones acordadas en el acuerdo transaccional homologado judicialmente”, este acuerdo se firmó en el año 2014 tras un debate en el Concejo Deliberante que aprobó el mismo en el año 2013.

En ese momento, la familia Tarruella cedía el 65% a la municipalidad de esas tierras que se encuentran pasando Piedras Coloradas hasta cerca de El Sótano, desde la Ruta Provincial Uno hasta la línea costera.

Con este acuerdo marco se determina finalmente cual ese porcentaje que le corresponde a la municipalidad y cual es el que le queda a la familia cedente.

En el año 2017 la municipalidad acordó tramitar las Escrituras traslativas de dominio a favor de la familia, pero aún se encuentran pendiente de tramitación.

Señala en el convenio final que “para la Municipalidad es necesario poner un coto a la construcción de manera irregular sobre dichas parcelas y llegar a un acuerdo para que regularice la situación actual y futura de las mismas”.

Asimismo, entre la familia Tarruella y el municipio, ambas partes se comprometieron en conjunto y de común acuerdo un saneamiento urbanístico “por tanto es necesario avanzar en forma conjunta con la regularización de las construcciones realizadas por terceros en las parcelas (que establece el convenio) con las siguientes cláusulas:”

Primero: La Municipalidad procederá en el término de treinta días a extender las escrituras pendientes relacionadas a las parcelas objeto del acuerdo transaccional.

Segunda: la familia Tarruella en cumplimiento con las obligaciones establecidas en la cláusula quinta del acuerdo transaccional se obliga a llevar a cabo las mensuras y los amojonamientos de lotes en las parcelas donde se registran las construcciones, lo cual será supervisado por los agrimensores designados en ambas partes, establecido el plazo de 120 días para dar cumplimiento.

Tercera: Desde la fecha del cumplimiento de las cláusulas primera y segunda, en el plazo de 30 días, la familia Tarruella se obliga a presentar ante la Municipalidad, la totalidad de la información de los terceros titulares de las construcciones respectivas en dichas parcelas, en virtud de proceder de manera conjunta al saneamiento y regularización de las parcelas objetos del presente acuerdo” (enumeran todas las que corresponde a cada uno de los herederos)

Cuarta: las partes acuerdan plena colaboración y reciprocidad, para lograr el homologado judicialmente en autos (menciona a continuación el acuerdo transaccional inicial).

Quinto: el presente convenio se efectúa ad referéndum del Concejo Deliberante.

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