En SAO y Las Grutas: prisión en suspenso para imputados por causa de estupefacientes

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El Juez Federal de General Roca, determinó que los imputados que residen en el ejido sanantoniense tengan la pena menor que establece el código para estos casos. El proceso judicial se realizó el pasado mes de junio.


Tres personas, dos de Las Grutas y uno de San Antonio Oeste, fueron condenadas a un año de prisión condicional con multas de 225 pesos cada uno más las costas del proceso y la imposición de las reglas de conducta previstas en el artículo 27 bis del Código Penal.

Se formuló la propuesta de Juicio Abreviado, oportunidad en la que el fiscal de grado enrostró las conductas de los tres imputados como constitutivas del delito de tenencia simple de estupefacientes: plantas cannabis sativa y sustancias estupefacientes, con fines de comercialización, maihuana fraccionada, balanzas, dinero en efectivo y demás elementos relacionados a una causa de narcomenudeo.

En cuanto a los hechos, calificaciones legales y montos de la penas propuestas, existiendo conformidad de todos los imputados con relación a tales aspectos, con asistencia técnica de sus defensas y habida cuenta que las probanzas reunidas en la instrucción resultan suficientes para resolver la causa señaló el juez del proceso.

Ese proceso se inició tras una investigación que concluyó en el mes de febrero a cargo del cuerpo de toxicomanía, recientemente formado en San Antonio Oeste, determinando incluso en la pesquisa que había proveedores y vendedores de la sustancia referida.

Quienes efectuaron el procedimiento fueron efectivos de la Prefectura Naval llevando a cabo los allanamientos en las tres viviendas.

Si bien los tres sujetos no quedarán detenidos, por dos años deberán fijar residencia, comunicar cualquier cambio al Tribunal y someterse al control de un patronato en forma trimestral, institución que deberá informar en caso de incumplimiento dentro de 15 días de producido; abstenerse de relacionarse con personas vinculadas al delito, ni cometer nuevos delitos; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y no salir del país, salvo expresa autorización de este Tribunal. Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena acordada.

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