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Evaluación del plomo: a casi un mes del anuncio, Ambiente de Río Negro aún no recibió el proyecto

Ante los anuncios realizados por autoridades nacionales y municipales respecto de la remediación supuestamente inminente de calles y veredas del Frente La Fundición -contaminadas con alarmantes niveles de metales pesados-, debemos comunicar que de acuerdo con información suministrada por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Río Negro, a la fecha no se ha recibido en el Organismo ningún  Estudio de Impacto Ambiental que permita iniciar ni siquiera el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental requerido por la Ley 3266.

Tal procedimiento es imprescindible para la emisión de la correspondiente Resolución Ambiental. El Artículo 3° de la Ley incluye específicamente las obras de este tipo entre sus alcances, y el art. 6° establece “Queda expresamente prohibido en el territorio de la provincia autorizar la ejecución de las actividades comprendidas en el artículo 3 de la presente, que no cumplan dicho recaudo, bajo pena de la aplicación de la sanciones previstas por la presente ley y sin perjuicio de la nulidad de las actuaciones administrativas que se hubieran iniciado y de las acciones penales contra los funcionarios intervinientes.”

La Municipalidad ha hecho circular entre los diferentes actores del proceso un proyecto de pavimentación  que requiere de la previa remoción de un volumen de suelo contaminado, el que sería de entre 2.000 y 3.000 m3 aproximadamente (sólo para alojar la caja de pavimento), y su traslado obligado a un sitio de disposición final habilitado. Pero no existe información respecto de quién, cómo, dónde, cuándo o hacia qué sitio de disposición será transportado ese suelo contaminado, así como tampoco existe información sobre las tareas a desarrollar para poder ejecutar el pavimento sobre el suelo contaminado que quedaría expuesto, sin someter a los trabajadores o a los vecinos a una intoxicación probable. O sea, no solamente no se ha presentado un Estudio de Impacto Ambiental; ni siquiera se ha demostrado la existencia de un Proyecto de remediación.

En este contexto, no es posible otorgar a los anuncios entidad alguna.

La Autoridad Ambiental Provincial, Ing. Dina Migani, ha actuado en consonancia con lo que disponen las normas, pero la Secretaría de Minería de la Nación, sigue empeñada en responsabilizar a la Provincia por las demoras en la obra y reclama una Resolución Ambiental que claramente no puede otorgarse.

Lo cierto es que las dilaciones, demoras e indefiniciones son responsabilidad exclusiva de la Secretaría de Minería de la Nación, así como son también de su responsabilidad las deficiencias en los diagnósticos realizados por URS, las irregularidades en la obra ejecutada por  EWS, las inobservancias de Taym respecto de las condiciones del Pliego,  las condiciones en las que quedaron los patios de los inmuebles del sector y la contaminación de calles y veredas a la que hoy estamos expuestos los vecinos de San Antonio Oeste.

Llama mucho la atención el silencio de la Municipalidad de San Antonio ante lo que claramente es un atropello de la Nación a las atribuciones y derechos de la Provincia de Río Negro y a su marco normativo.  No quedan claras las razones detrás de ese silencio, pero una cosa es segura: no es funcional a los legítimos intereses de los sanantonienses. (Multisectorial de vecinos)

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