El Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de San Antonio Oeste sancionó, por unanimidad, la Resolución 11/2017 por la cual solicita al Secretario de Gobierno la suspensión de los retiros de los agentes en el horario laboral municipal; para ejercer otros trabajos.
Dicha situación se encuentra prohibida por el inciso «e» del artículo 3 de la Ordenanza 2699, a pesar de ello, varios empleados municipales se retiran al menos dos o tres horas para cumplimentar otros oficios, todos permitidos mayormente por el ejecutivo.
Recordemos que la municipalidad es la mayor planta laboral del ejido sanantoniense, superando ampliamente a la empresa ALPAT, que es actualmente la empresa privada que más personal aglutina. El municipio contiene a más de 400 empleados, incumpliendo la carta Orgánica, en su artículo 122 “La planta permanente de personal no debe exceder en ningún caso el uno coma cinco por ciento (1,5%) de la población…” (el ejido tiene unos 25 mil entre SAO, Las Grutas y El Puerto según el Indec).
Asimismo tanto el Gobierno como el Concejo Deliberante firman ingresos de personal de manera contínua, para ambos poderes también le cabe el incumplimiento de la norma.