El robo de ganado en pie, conocido como abigeato es un delito que trae aparejado además de perjuicios económicos para las víctimas, un inconmensurable peligro para la sociedad cuya salud podría verse afectada por la comercialización de carne faenada sin ningún tipo de cuidado sanitario.
Fue éste el argumento principal de los Fiscales Guillermo Gonzalez Sacco y Mariela Coy al momento de requerir las penas de 6 y 4 años de prisión efectiva para dos hermanos que habían sido condenados en diciembre de 2019, como autores de este delito según especificó el Ministerio Público Fiscal en un comunicado.
La acusación pública destacó en los alegatos de la audiencia de cesura – al referirse al hecho perpetrado el 29 de mayo pasado en un establecimiento rural de San Antonio Oeste- “el perjuicio económico ocasionado que ascendería hoy a más de 150 mil pesos” sin desconocer “la crueldad y el medio empleado para dar muerte a estos animales”.
Además recordaron que los hombres, luego de cometer el hecho, protagonizaron una persecución judicial recorriendo más de 150 kilómetros a altas velocidades y en condiciones de nocturnidad, huida que implicó un alto grado de peligro.
“Escuchamos durante el debate variados testimonios, el del agente policial que los vio y pidió que frenen su marcha. Pedido al que hicieron caso omiso habiendo podido atropellar al hombre que pudo esquivarlos. Luego de eso comenzaron su huida a más 190 km por hora (velocidad en la que transitaba el móvil policial que los seguía) poniendo en riesgo al personal y a la población toda”, explicó Coy.
Agregaron además “los peligros para la salud posibles” si esos 1500 kilogramos de carne llegaban a los comercios. “Contaminación, intoxicación, peligro de síndrome urémico hemolítico algo que puede causar la muerte de las personas; todo ello por no darle el debido proceso a la faena, tal como explicó otro de los testigos convocados para esta audiencia”.
Gonzalez Sacco, destacó que cuando se trata de abigeatos se está ante casos que implican una exhaustiva organización y coordinación entre partes interesadas en delinquir y que ésto trae aparejados graves problemas sanitarios. “Debería tratarse no ya de uno de los tantos delitos contra la propiedad tal como se encuentra categorizado en el Código Penal, sino contra la salubridad”.
Finalmente, explicó que la diferencia de pena para cada uno de los participantes, “dos personas adultas que tenían trabajo estable y no tenían necesidad de robar”, se funda en que uno de ellos se arrojó de la camioneta en movimiento mientras que el conductor del vehículo continuó su marcha con la intención se escapar.
La defensa de los hermanos estuvo ejercida por los abogados Manuela Maza y Luciano Pedriel quienes destacaron que “no se concretó el peligro causado del que habla la fiscal y ello hoy es meramente dogmático”. Aclararon que encontraron cumplidos los aspectos previstos para pedir una condena condicional que fijaron en tres años de prisión en suspenso.
Será ahora el Tribual de juicio compuesto por los jueces Carlos Reussi, Adrián Dvorzak y Juan Martín Brussino quien dicte sentencia.