En el ejido sanantoniense se deben cumplir las leyes específicas para los celíacos. Desde ahora, todos los restaurantes, bares, locales de comidas rápida y comedores deben contar con un menú libre de gluten que cumpla con las condiciones de manufactura, según lo establece la adhesión a la ordenanza sobre celiaquía.
El texto de la norma es la siguiente:
VISTO: Ley Nacional Nº 26.588, Ley Provincial 3772. El Expte. 198/16 del registro del Concejo Deliberante; y CONSIDERANDO: Que la Celiaquía es una enfermedad que se manifiesta por la intolerancia al gluten: una prolamina que se encuentra presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno, afectando directamente a las vellosidades intestinales del sistema digestivo, y consecuentemente el organismo no absorbe correctamente los nutrientes de los alimentos, provocando deficiencias en las personas que lo padecen.
Que a largo plazo se manifiestan carencias, enfermedades y patologías específicas que pueden ser prevenidas con un simple análisis.
Que el único modo de evitar intoxicaciones es no ingerir alimentos que contengan esa proteína y sus derivados, ya sea de manera directa o indirecta.
Que dichos alimentos específicamente deben tener la inscripción en el envase o el logotipo que diga que es libre de gluten, previa certificación por la autoridad de aplicación.
Que los mismos tienen un costo considerablemente superior a los de consumo masivo y la oferta en la localidad es escasa, como también la variedad en los locales comerciales.
Que el porcentaje de diagnósticos positivos se ve incrementado día a día y es necesario tomar medidas para incluir paulatinamente a quienes padecen esta enfermedad en todos los ámbitos sociales como así también el garantizarles la variedad en el consumo.
POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adherir en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.588.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal y archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante, en San Antonio Oeste, a los un día del mes de junio de dos mil dieciséis.-