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SAO: amparistas piden se cumpla con la sentencia del STJ respecto a los desechos líquidos de la pesca

El 17 de abril del 2020, el Superior Tribunal de Justicia avaló el amparo ambiental por los desechos líquidos de la pesca, derivados de los langostinos.

El cual ordenó a la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, como autoridad de aplicación, el cumplimiento de lo dispuesto que a través de la Subsecretaría de Pesca, la Municipalidad de San Antonio Oeste y las distintas Empresas Pesqueras Privadas y Terminal Pesquera de San Antonio Oeste, asuman el costo de la reparación del daño causado al Medio Ambiente en los dos lugares dónde específicamente se arrojaron residuos y líquidos del desecho del langostino, denominado Cerro Banderita, ubicado en la villa balnearia de Las Grutas, por ser responsables directos ante el incumplimiento de la normativa vigente en el arrojo del desecho del langostino a cielo abierto.

“Elevamos una nota al respecto, como amparistas, para mencionar que lo que se remedió, no quedó como tal, pero esas notas fueron también enviadas a la municipalidad, a la Agencia de medio ambiente, el señor Echeverría fue el único que contestó, respecto a Ambiente de provincia y subsecretaría de pesca, aún no emitieron comunicado” mencionó Alicia Calendino a informativoHoy.

Calendino, una de las amparistas en este proceso, comentó que la municipalidad respondió que respecto a los desechos líquidos es competencia del DPA “nosotros estuvimos en la empresa dónde se derivan el residuo de las pesqueras, que es en GP Inversiones, vimos el proceso y obviamente quedamos conforme, pero acá el problema son los líquidos y le pedimos el acta de la última reunión y no podemos acceder a la misma”.

Respecto al fallo establece que la designación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación en el monitoreo de la remediación no luce como arbitraria o infundada; y a todo evento, será el propio Estado Provincial quien se organice dentro de sus propios estamentos para cumplir con la manda que le fuera encomendada.

A esto Calendino reiteró que ni siquiera tuvieron contestación “nosotros hicimos lo que corresponde, nuestra asesora letrada presentó todo, ahora queda en la jueza Vanesa Kodsazuk que pida las actuaciones correspondientes”, justamente la docente expresa por lo que señala una parte de la sentencia del máximo tribunal: en cuanto a la participación de las amparistas, si bien es cierto que éstas no pueden de modo directo exigir al poder público una acción determinada, sí están facultadas, en cambio, para informar a la Jueza de amparo un eventual incumplimiento a fin de que se adopten en el expediente las medidas que se estimen oportunas.

“Nosotros sabemos, la gente conoce y los dueños de las pesqueras saben que los líquidos no van a la disposición final que establece la sentencia judicial, los tiran por ahí, a la marea y donde puedan, entonces acá nadie hace cumplir los dictámenes de los jueces” dijo Calendino.

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