SAO: confirman condena a los hermanos Hernández, 10 y 15 años de prisión por tentativa de homicidio





El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena a Brian Milton Hernández a la pena de diez años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido con arma de fuego. Asimismo, respaldó la condena a Diego Maximiliano Hernández a la pena de quince años de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable del mismo delito, además de la unificación con otras penas anteriores.

La sentencia fue dictada el 24 de junio de 2016 por los Jueces de la Sala “B” de la Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Viedma, integrada por Guillermo Bustamante, como presidente; Marcelo Chironi y Ariel Gallinger, como vocales.

Se les atribuye a los dos imputados “haber sido quienes en la ciudad de San Antonio Oeste, el 11 de abril de 2015 a las 20.30 horas aproximadamente, movilizándose en una motocicleta, se habrían hecho presente en el domicilio (…) donde en la vereda, se encontraba Manuel Vicente Moncada Coronel y sin mediar palabras le habrían disparado con un arma de fuego por lo menos en tres ocasiones con intenciones de quitarle la vida”. Como resultado de la acción “la víctima resultó con la herida (…) de aparente arma de fuego en región temporal derecha con punto de sutura y sangre a su alrededor”.

Por su parte, en contra de la decisión de la Cámara la defensa de los imputados ejercida por Emiliano Gallego interpuso recurso de casación que fue declarado mal concedido por el STJ.

La defensa planteó, entre otros cuestionamientos: “la inexistencia del dolo de homicidio, por considerar que los testimonios valorados permiten concluir en la improcedencia de la figura seleccionada por el juzgador. Entre otras consideraciones, alude a que a sus defendidos no sabían de armas y que dispararon mientras se movilizaban en la moto (…). En consecuencia, la defensa alega que debe seleccionarse otro tipo penal y postula en primer término el de lesiones leves (art. 89 C.P.), teniendo en cuenta el carácter de la herida, el tiempo de la recuperación y la incapacidad para el trabajo resultante”.

Por último, el defensor cuestiona las penas impuestas “por considerarlas desproporcionadas con respecto al hecho y a las condiciones personales de sus defendidos, y estima que no debió superarse el mínimo legal”.

Argumentos del STJ al momento de resolver

Con respecto a los planteos de la defensa, la Jueza del STJ Adriana Zaratiegui con su voto rector afirma: “En lo que hace a la temática de la atribución en coautoría, que el recurrente entiende infundada, se advierte que en el recurso no se controvierte de modo eficaz lo argumentado en la sentencia sobre este aspecto, donde se explicó claramente (…) que ambos imputados tenían un plan criminal que era asesinar a la víctima, pero que, a pesar de seleccionar un medio idóneo para matar (…) y luego de desplegar acciones para alcanzar tal fin (…), no pudieron lograrlo por cuestiones ajenas a su voluntad, que solo dependieron del azar”. Continúa afirmando que “los planteos de la parte quedan sin sustento alguno, a la vez que surgen los presupuestos necesarios para tener por establecida la coautoría funcional que la defensa entiende ausente ya que hay existencia de un plan común, de colaboración objetiva y un co-dominio del hecho”.

Con respecto a las penas en el fallo del STJ se explica que “a ambos imputados se les impusieron penas inferiores a dicho punto medio (…), para lo que se valoraron diversas pautas agravantes, lo que demuestra no solo la razonabilidad de lo decidido, sino que las circunstancias atenuantes evaluadas han tenido mayor peso que las agravantes y, en consecuencia, no existe perjuicio para los condenados en este aspecto, todo lo cual sella la suerte del agravio”.

Por último, el fallo afirma: “cabe negar la instancia de aquellos recursos que manifiestamente no puedan prosperar, por no presentar una crítica concreta y razonada de lo decidido”. (Prensa STJ Rio Negro)

QUÉ TE GENERA ESTA NOTICIA



Artículo anteriorSAO: quedó inaugurada la mega muestra de arte en Innover
Artículo siguienteEl municipio sanantoniense apelará la medida del STJ por la anulación de la ordenanza del Código Urbano Territorial