Siete años de prisión efectiva fue la pena que la acusación pública requirió para el hombre que, en exceso de legítima defensa, causó la muerte de Richard Mesa, el 19 de septiembre pasado, en el marco de una pelea.
La calificación legal en la que sustentaron esa pena es la del delito de homicidio en exceso de legítima defensa, lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y tenencia de arma de fuego de guerra de uso civil condicional.
El Fiscal jefe, Hernán Trejo fue el primero en hacer uso de la palabra en el marco de los alegatos de la audiencia de cesura que se desarrollaron luego de escuchar a siete testigos, Expresó allí que a la hora de mensurar la pena, “el único atenuante encontrado fue la inexistencia de antecedentes penales. En cambio el medio empleado para provocar la muerte, la posterior fuga y el haber escondido el arma de fuego constituyen agravantes del hecho”.
En cuanto a los dichos que hoy vertieron los testigos que convocó la defensa, destacó que todos estaban relacionados con la peligrosidad del hecho, cuestión que fue “altamente analizada y llevó a que se reformulara la calificación legal que en principio se había impuesto”.
Huir y esconder el arma implican acciones que entorpecen la investigación, destacó, y, adelantándose a cuestiones que -entendió- plantearía la defensa, enfatizó en que el arma de fuego “sigue circulando ilegalmente”. “Estos aspectos implican un peligro y fundamentan la pena”, dijo.
La Adjunta Paula de Luque, que también integró la acusación pública, enfatizó en la omisión de entregar el arma escondiéndola y en las tres horas que pasaron entre la fuga y el momento en que el hombre se entregó.
Expresó que la madre de la víctima, la primer testigo de la jornada, fue llevada allí para que el Tribunal pudiera conocer a su hijo. La fiscalía coincidió en que el hombre fallecido había cometido la equivocación de salir en defensa de ella una vez, por lo que cometió un delito, fue condenado y cumplió la pena impuesta.
“Eso le permitió ser una persona distinta, formar una familia, adoptar como propia a un hija de la pareja, trabajar”, ejemplificó de Luque.
No obstante pidió, “no nos detengamos en la condena que cumplió la persona que ya no está, hoy tenemos que ver no sólo las agravantes que rodea este hecho sino que Ricard Mesa era un gran padre y su partida ha generado enormes inconvenientes económicos y afectivos a su familia. A eso se le llama, extensión del daño causado”, precisó.
La querella, ejercida por el abogado Simón Orte, adhirió a los fundamentos de la Fiscalía pero requirió una pena de 11 años de prisión efectiva. Finalmente la defensa, en cabeza de Damián Torres, enfatizó en que los hechos surgieron a partir de la necesidad del imputado de defenderse y ahondó en argumentos para explicar por qué a cárcel no es la respuesta para la resocialización de este imputado.
Pidió en cambio la pena de dos años y nueve meses de prisión condicional y pautas de conducta por tres años. “Mi defendido me pidió trabajar para solventar no sólo a su familia sino a la familia de la víctima, reparando de alguna forma el daño causado y asistir a un tratamiento psicológico y a una institución educativa para concluir sus estudios secundarios”.
En el marco de la audiencia, el imputado pidió perdón a los familiares y amigos de la víctima presentes en la sala, quienes se conocían desde niños. Luego de ello, el Tribunal compuesto por los jueces Guillermo Bustamante, Daniela Zagari y Marcelo Alvarez ofreció la posibilidad de que las partes arriben a una composición del conflicto. No obstante el abogado querellante, aunque manifestó que la familia había perdonado al hombre, dijo que pretendían una pena efectiva.