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Sobreseen a un hombre acusado por tenencia de drogas en Las Grutas

El fiscal federal interino Marcos J. Escandell, a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada de Viedma, solicitó el sobreseimiento de un hombre a quien allanaron su domicilio y por el cual su pariente falleció por la acción policial en el mismo procedimiento.


Según toxicomanía se investigaba la presunta participación en actividades de comercialización de estupefacientes en el balneario Las Grutas. La decisión se fundamenta en los resultados de las pericias químicas que determinaron que la sustancia blanca incautada no corresponde a ninguna de las descriptas en la ley 23.737, mientras que la tenencia de cannabis sativa —inferior a diez gramos— resultó ser para uso personal, según los estándares fijados por la Corte Suprema de Justicia en el fallo “Arriola”.

Todo comenzó el 25 de abril de 2025, cuando una denuncia anónima ingresó a través de los canales habilitados por el Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro. En ella se alertaba sobre personas, domiciliadas en la calle de Las Grutas, que estarían realizando actividades compatibles con la venta de drogas. A partir de ese momento, la División Toxicomanías y Leyes Especiales de San Antonio Oeste-Las Grutas inició tareas investigativas reservadas, que incluyeron vigilancia, seguimientos y registros fílmicos y fotográficos.

Los primeros informes permitieron identificar plenamente a los denunciados, todos hermanos. Con el avance de la pesquisa, se logró precisar sus domicilios y se sumó a la investigación el padre de los hermanos, tras una audiencia autorizada por el Juzgado Federal de Garantías de Viedma el 8 de agosto de 2025.

Durante los meses de seguimiento, los investigadores documentaron supuestos movimientos sospechosos en dos viviendas: Fitalancao y Manuel Choique. El 16 de septiembre de 2025, la fiscalía solicitó al juzgado las correspondientes órdenes de allanamiento, que fueron autorizadas para el jueves 18 de septiembre a partir de las 7 de la mañana. El operativo estuvo a cargo de personal de la División Toxicomanías y Leyes Especiales, con apoyo del grupo táctico C.O.E.R.

Tras los allanamientos, la fiscalía ordenó el envío de las muestras al Gabinete Científico de la Policía Federal Argentina, con sede en Bahía Blanca, para su análisis definitivo. Los resultados fueron determinantes: las muestras de cannabis sativa, que sumaban 9,88 gramos, dieron positivo para esa sustancia, pero en cantidades que —según el informe pericial— permitirían confeccionar apenas 13,1 cigarrillos de marihuana. En cuanto a las muestras 5 y 6, que totalizaban 17,74 gramos de la sustancia blanca, el análisis por espectrofotometría UV y cromatografía gaseosa arrojó que no se trataba de ningún estupefaciente de los contemplados en la ley 23.737.

Además, los recortes de nylon incautados dieron negativo para estupefacientes, salvo una de las muestras donde se detectaron rastros de cocaína, pero sin peso significativo. Estos resultados fueron notificados a la defensa por correo electrónico llevada adelante por el abogado Lucas Cerro.

En su dictamen, el fiscal Escandell destacó que, si bien los tests de campo realizados durante el allanamiento habían arrojado positivo para metanfetaminas, la pericia química definitiva desvirtuó esa presunción. “La sustancia blanca incautada no se encuentra dentro de las descriptas en la ley 23.737”, subrayó el representante del Ministerio Público Fiscal.

Asimismo, el fiscal consideró innecesario peritar los teléfonos celulares secuestrados, en virtud de los principios de celeridad y desformalización que rigen el nuevo Código Procesal Penal Federal. “Nada justifica el dispendio de tiempo y recursos que implica llevar adelante tal medida”, añadió.

Por todo ello, el fiscal interino instó al juez de garantías a dictar el sobreseimiento, la decisión, fechada el 12 de marzo de 2026. De esta manera, se cierra este capítulo judicial que finalmente derivó en un sobreseimiento por atipicidad de la conducta y aplicación de la doctrina del uso personal.

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